ORDEN de 20 de noviembre de 2012, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la que se crean y regulan las Unidades de Gestión Social de la Vivienda

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La crisis económica que se está desarrollando en estos últimos años requiere la adopción de medidas, que permitan aportar soluciones alternativas a esta situación, en consonancia con el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, consagrado en el artículo 47 de la Constitución Española, que ha de guiar la actuación de los poderes públicos de conformidad con el artículo 53.3 de la misma.

El Gobierno de Aragón ha puesto en marcha el Plan de Gestión Social de la Vivienda 2012-2015, con el objetivo de atender a aquellos colectivos más vulnerables, que encuentran mayores dificultades para el acceso a la vivienda.

La experiencia adquirida hasta la fecha, aconseja implementar estas actuaciones a todo el territorio Aragonés, mediante unidades propias de la Administración Autonómica, de cara a planificar propuestas de solución en todo el territorio de Aragón, todo ello sin perjuicio del mantenimiento de la colaboración con las administraciones, colectivos y entidades, que han venido interviniendo hasta la fecha y que ha permitido atender las necesidades de los ciudadanos a este respecto.

En virtud de los anterior, dispongo:

Artículo primero Creación de las Unidades de Gestión Social de la Vivienda.
  1. A través de la presente orden, se crean las Unidades de Gestión Social de la Vivienda como instrumento de apoyo y asesorameinto legal, técnico y social a los ciudadanos que puedan resultar beneficiarios de las actuaciones administrativas desarrolladaspor el Gobierno de Aragón tendentes a hacer efectivo el derecho constitucional al disfrute de una vivienda digna y adecuada.

  2. Existirá una Unidad de Gestión Social de la Vivienda en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza, teniendo como sede la de las Subdirecciones Provinciales de Vivienda del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

Artículo segundo Composición.

Las Unidades de Gestión Social de la Vivienda estarán compuestas cada una de ellas por tres empleados públicos de la Administración de la Comumidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos con la titulación de licenciado en Derecho, Arquitectura Superior o Técnica y Trabajo Social o equivalentes.

Artículo tercero Actuación de las Unidades de...

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