ORDEN de 9 de mayo de 2014, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por el que se aprueba el Plan de Empleo motivado por el cierre de la Residencia de Personas mayores de Movera, adscrita al Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Dentro de la Red Pública de Servicios Sociales Especializados de la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentra el centro de gestión directa "Residencia de personas mayores de Movera" ubicado en Zaragoza, cuya titularidad corresponde al Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Fruto del proceso de revisión de la situación de todas las residencias de mayores de la Comunidad y su adecuación a la legislación vigente que ha impulsado el Gobierno de Aragón, se ha detectado, según Acta de Inspección de fecha 21 de junio de 2012 en visita girada al citado centro, graves deficiencias en la seguridad del edificio relativas al cumplimiento de la normativa de protección contra incendios, así como, otros incumplimientos referidos a su accesibilidad, recorridos interiores e instalaciones.

Dichas deficiencias provocan que la Residencia de personas mayores de Movera adolezca de graves carencias en materia de seguridad y falta de adaptación a las necesidades de las personas en situación de dependencia. Todo ello, justificado fundamentalmente por el cambio de orientación en el conjunto de los centros de atención residencial del Instituto, debido al nuevo perfil de usuario de las plazas residenciales, integrado mayoritariamente por personas asistidas, lo que ha obligado a realizar adaptaciones parciales del edificio, si bien una parte importante del mismo, como son las plantas superiores, no han podido ser adaptadas y se hallan clausuradas.

En este sentido, la reorientación del centro se ha visto definitivamente determinada por la aprobación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, que convierte la atención a las personas en situación de dependencia en uno de los ejes de política social más relevante del Gobierno de Aragón, así como, por la vigente orden de acceso a centros residenciales aprobada por el Departamento competente en materia de servicios sociales del Gobierno de Aragón que sólo reconoce el derecho de acceso a centro a personas en situación de dependencia.

Todo ello ha hecho necesario proceder al cierre de la Residencia de Movera para acometer las necesarias obras de reforma, adaptación y remodelación, ordenando el traslado de los actuales residentes a otras residencias, mayoritariamente a la Residencia Santa Ana de Utebo, sin que en ningún caso se vea mermada su calidad asistencial.

Situados en este contexto, desde el Instituto Aragonés de Servicios Sociales se ha pretendido y perseguido en todo momento buscar la menor afección e impacto posible sobre el empleo de los actuales empleados públicos de la Residencia de Movera y minimizar al máximo, siempre que ha sido posible, las consecuencias del cierre con la recolocación del personal afectado.

Asimismo, desde el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, con la finalidad de mejorar y optimizar la calidad de los recursos sociales públicos disponibles, junto a la adaptación de las plazas de la Residencia de Movera a los actuales requerimientos de las personas en situación de dependencia, por medio del presente Plan se ha realizado un notable esfuerzo para que, previo estudio de las necesidades existentes, realizar un reforzamiento de otros centros públicos de atención residencial incrementando en un total de cuarenta y un puestos de trabajo las plantillas existentes. Dicho refuerzo se realiza a través de la creación de treinta y un puestos de trabajo nuevos y mediante adscripción de diez puestos procedentes de la Residencia de Movera a otros Centros. De esta forma se da satisfacción y se atienden demandas antaño reinvindicadas tanto por los propios Centros como por los empleados públicos en ellos ubicados.

Consecuentemente, y con el fin de lograr una óptima utilización de los recursos humanos y, en uso de la facultad que establece, tanto el artículo 18 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública como la Disposición Adicional Novena de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, se ha elaborado el presente Plan de Empleo con la finalidad de contribuir a la garantía de la prestación de un servicio público de calidad de la manera más eficaz en el ámbito de los servicios sociales, reforzando además las plantillas existentes con la creación de nuevos puestos recogidos en el mismo.

El presente Plan de Empleo ha sido objeto de negociación entre los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Administración General, en su reunión celebrada el día 8 de mayo. Asimismo, para la asignación de puestos de trabajo al personal afectado se han aplicado los criterios que rigen para la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario o laboral, según proceda.

De conformidad con lo establecido en el Decreto 140/1996, de 26 de julio y la Orden de 26 de diciembre de 2011, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, de tramitación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería ha emitido informe respecto a los supuestos de modificación del anexo Presupuestario de Personal, realizando el estudio económico de las propuestas de modificación.

Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, a instancia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, el Departamento de Hacienda y Administración Pública aprueba el siguiente Plan de Empleo:

Primero.- Objetivos del Plan de Empleo.

  1. Dotar a la Comunidad Autónoma de los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas en el ámbito de los servicios sociales.

  2. La optimización de los recursos materiales y humanos existentes.

  3. La adecuación de plantillas a la nueva organización del trabajo, atendiendo a las necesidades y demandas actuales.

  4. La cobertura de las necesidades de personal sobrevenidas a través de las medidas de planificación de empleo resultantes de este plan.

  5. La garantía de las condiciones laborales de...

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