DECRETO 188/2006, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión de uso de parte de un inmueble, propiedad de la Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza, para la ubicación provisional del Instituto de Educación Secundaria «Azucarera».

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 188/2006, de 5 de septiembre, del Gobierno de AragÛn, por el que se acepta la cesiÛn de uso de parte de un inmueble, propiedad de la C·mara de Comercio e Industria de Zaragoza, para la ubicaciÛn provisional del Instituto de EducaciÛn Secundaria ´Azucareraª.

Para atender la elevada demanda de plazas escolares de educaciÛn secundaria que ha experimentado el sector Rabal-Zalfonada de Zaragoza, consecuencia del aumento de la poblaciÛn en los ˙ltimos aÒos, el Departamento de EducaciÛn, Cultura y Deporte tiene prevista la construcciÛn de un nuevo Instituto de EducaciÛn Secundaria, cuyas obras no finalizar·n hasta mediados del curso escolar 2007-2008.

La C·mara de Comercio e Industria de Zaragoza es titular de un inmueble, sito en ese sector, C/ Teniente Ortiz de Z·rate, n∫ 26, donde se ubican las instalaciones del Instituto de FormaciÛn Empresarial y TÈcnica.

Para dar soluciÛn a esta fuerte demanda del servicio educativo en la margen izquierda de la ciudad, y hasta tanto concluyan las citadas obras, la C·mara de Comercio e Industria de Zaragoza, mediante Acuerdo adoptado por el ComitÈ Ejecutivo de esa CorporaciÛn, en sesiÛn ordinaria de fecha 24 de mayo de 2006, aprobÛ la cesiÛn de uso a la Comunidad AutÛnoma de AragÛn de parte de las dependencias del inmueble del que es titular con el fin de ubicar provisionalmente las instalaciones del nuevo Instituto.

El Departamento de EducaciÛn, Cultura y Deporte ha informado favorablemente la aceptaciÛn de dicha cesiÛn de uso, que contribuye a paliar la situaciÛn planteada, por tratarse de instalaciones adecuadas para la finalidad pretendida, al estar destinadas en la actualidad al desarrollo de actividades formativas, y requerir, por tanto, tan sÛlo pequeÒas obras de adaptaciÛn.

El derecho de uso ha sido valorado por el Departamento de EducaciÛn, Cultura y Deporte, resultando un importe superior al coste de las obras de adecuaciÛn previstas en dicho inmueble.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el artÌculo 51.1 del Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, del Gobierno de AragÛn, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn, a propuesta del Consejero de EconomÌa, Hacienda y Empleo, y previa deliberaciÛn, del Gobierno de AragÛn, en su reuniÛn del dÌa, de 5 de septiembre de 2006,

DISPONGO:

Primero.-AceptaciÛn de la cesiÛn

Se acepta la cesiÛn del uso de la parte del inmueble que se describe a...

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