DECRETO 109/2007, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se declaran Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto de Interés Cultural, lugar de interés etnográfico, las Salinas de Peralta de la Sal, en el término municipal de Peralta de Calasanz (Huesca).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 109/2007, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se declaran Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto de Interés Cultural, lugar de interés etnográfico, las Salinas de Peralta de la Sal, en el término municipal de Peralta de Calasanz (Huesca).

El artículo 12 de la Ley 3/1999, de 10 de Marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que los bienes más relevantes del Patrimonio de Aragón serán declarados Bienes de Interés Cultural y serán inscritos en el Registro de Bienes de Interés Cultural.

Dicho artículo, en su apartado 2º, recoge las diferentes categorías de Bienes Inmuebles entre las que se encuentra la de Conjunto de Interés Cultural que engloba, entre otras, la figura de Lugar de Interés Etnográfico definida como «aquel paraje natural, conjunto de construcciones o instalaciones vinculadas a formas de vida, cultura y actividades tradicionales del pueblo aragonés, aunque no posean particulares valores estéticos ni históricos propios».

Igualmente, el artículo 16 del citado texto legal señala que la declaración de Conjunto de Interés Cultural, entendiendo como tal las agrupaciones de bienes inmuebles del Patrimonio Cultural Aragonés, afectará tanto a los propios elementos que constituyen el Conjunto como al entorno de éstos, delimitado en atención a la incidencia que cualquier alteración de dicho entorno pueda tener en los valores propios del Conjunto.

Por Resolución de 15 de febrero de 200, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, se inició expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto de Interés Cultural, lugar de interés etnográfico, a favor de las salinas de Peralta de la Sal, en el término municipal de Peralta de Calasanz (Huesca).

El citado expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, concediéndose un periodo de información pública en el que se formularon alegaciones. Igualmente se dio audiencia a los interesados, trámite en el que igualmente se presentaron consideraciones.

Asimismo, se solicitaron los informes preceptivos a las respectivas Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural y de Ordenación del Territorio de Huesca, pronunciándose favorablemente a la declaración...

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