DECRETO número 160/2017, de 8 de junio, del Ayuntamiento de Almudevar, relativa a la convocatoria de provisión, por el sistema de promoción interna, de una plaza de capataz vacante en la plantila de personal laboral de este Ayuntamiento.

SecciónII. Autoridades y Personal
Rango de LeyDecreto

Se hace público para conocimiento general de los interesados que el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento por Decreto número 160, de 8 junio 2017, ha dispuesto aprobar las bases para proveer mediante oposición y por sistema de promoción interna una plaza de capataz según detalle:

Bases que rigen la provisión de plaza personal laboral mediante oposición y sistema de promoción interna de una plaza de capataz

Primera.- Objeto de la convocatoria. De conformidad con la oferta de empleo público aprobada por Decreto de la Alcaldía/Presidencia, número 31, de 25 de febrero de 2015, es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de capataz. Encuadrada dentro de la plantilla de personal de este Ayuntamiento como Personal Laboral Fijo asimilado a Grupo C, Subgrupo C2.

Dicha plaza está dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo C, Subgrupo C2, Nivel 18, mas complemento específico

Segunda.- Condiciones de los aspirantes. Para tomar parte en este oposición será necesario:

  1. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Graduado en ESO o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en su caso. Quien no tenga el requisito de esta titulación, podrá participar igualmente si tiene una antigüedad de diez años en el Subgrupo C2 o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.

  2. Estar en servicio activo y tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio como personal laboral en categoría de Oficial

  3. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Tercera.- Instancias. Las instancias solicitando tomar parte en oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución española, se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Almudevar acompañadas de:

- Fotocopia del D.N.I.

- Carnet de conducir B2

- Las instancias se presentarán en esta Entidad Local durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", que recogerá las fechas en las que hayan sido publicadas las bases íntegras en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las instancias también podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Almudevar o en alguno de los lugares que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero la entidad local.

Cuarta.- Admisión de instancias. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente de la entidad local dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el "Boletín...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR