DECRETO 80/1992, de 28 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la subvención de una parte del coste de contratación de los seguros de uva de vinificación y de mesa, incluidos en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, para el ejercicio 1992.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y MONTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 80/1992, de 28 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la subvención de una parte del coste de contratación de los seguros de uva de vinificación y de mesa, incluidos en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, para el ejercicio 1992.

El cultivo de la vid está orientado en estos últimos años hacia la producción de vinos de calidad, lo que está originando una profunda transformación del sector, tanto en su aspecto ecológico, como de reestructuración por cambio de variedades. Por otra parte, los accidentes climáticos más frecuentes que sufre la vid en Aragón (heladas y pedrisco) pueden ocasionar una merma en la producción y también repercutir en la calidad de la uva afectada, todo ello incide negativamente en la economía tanto del sector transformador como de los viticultores, y para que estos puedan quedar a cubierto de los daños causados por la helada y pedrisco la única alternativa válida son los seguros agrarios. Dadas las circunstancias expuestas anteriormente y considerando los resultados positivos de las actuaciones precedentes de la Diputación General de Aragón, respecto a los seguros agrarios, se considera conveniente aplicar un sistema de ayudas a los seguros de uva de vinificación y de mesa. Teniendo en cuenta que el Artículo 35.1.8 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma competencia en materia de agricultura y ganadería como, asimismo que la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, posibilita la intervención de la Administración en este sector, se pretende ayudar, para la campaña de 1992, a los suscriptores de los seguros de uva de vinificación y de mesa subvencionando parle de la prima a pagar, con el fin de garantizar la renta de los agricultores, y por tanto su estabilidad económica. En su virtud, de conformidad con el Artículo 14 de la Ley 3/1984, de 22 de junio, del Presidente, de la Diputación General y de la Administración de la Comunidad Autónoma a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, y previa deliberación de Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 28 de abril de 1992, DISPONGO:

Artículo primero. 1. Es objeto del presente Decreto regular la subvención de parte del coste de contratación de los seguros de uva de vinificación y de mesa, en cualquier opción, para aquellos viñedos que estén dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón y para la Campaña 1992. 2. La...

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