ORDEN de 5 de octubre de 2011, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 45, impone a las Administraciones públicas la obligación de impulsar el empleo y la aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Por otra parte, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, regulando los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas con la finalidad de garantizar sus derechos, un tratamiento común ante ellas y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica. Esta Ley consagra, por tanto, la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación correlativa para tales Administraciones.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Decreto 228/2006, de 21 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se regula la tramitación de Procedimientos Administrativos por medios electrónicos y se establecen otras medidas en materia de administración electrónica, contempla en su artículo 12, modificado mediante Decreto 81/2011, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón, la notificación electrónica.

La implementación de estas normas exige la puesta a disposición de los ciudadanos de determinados sistemas que faciliten el ejercicio del derecho a relacionarse con la administración por vías electrónicas, uno de los cuales es el sistema que se regula en la presente Orden y que da cumplimiento a la obligación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón de realizar notificaciones administrativas de manera telemática cumpliendo con los requisitos, obligaciones y garantías establecidos por la normativa de aplicación.

El Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que será único para todas las notificaciones administrativas realizadas por esta administración, se regula en la Orden estableciendo la validez y eficacia de las notificaciones administrativas que se realicen mediante este Sistema así como las condiciones generales y los requisitos de funcionamiento del mismo. La Orden contempla igualmente el uso del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para aquellos casos en que la utilización de medios electrónicos se declare obligatoria para los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. El Sistema incluye también la posibilidad de modificación de la vía de notificación por parte del interesado en cualquier momento del procedimiento de conformidad con el artículo 28 de la citada Ley

La Orden establece el procedimiento para la comunicación de los usuarios del Sistema de Notificaciones Telemáticas a la Dirección General competente en materia de administración electrónica y cuyo sello de órgano garantiza la autenticidad e integridad de las notificaciones realizadas mediante el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 224/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia establece como competencia general de este Departamento en su artículo 1.s) la elaboración de textos normativos en materia de procedimiento administrativo común, de contratación y de responsabilidad de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como sobre Administración Electrónica. Por otra parte la Disposición final primera del Decreto 228/2006 habilita a la Consejera de Presidencia para el desarrollo normativo del mismo. En la actualidad estas competencias han sido atribuidas al Departamento de Hacienda y Administración Pública mediante la aprobación del Decreto de 22 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se asignan las competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma y se les adscriben sus organismos públicos.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el Decreto 228/2006, de 21 de noviembre, del Gobierno de Aragón y las competencias atribuidas por el Decreto de 22 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente Orden tiene por objeto la regulación del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  2. El Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón será accesible a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es.

  3. Los medios electrónicos que se empleen para efectuar la notificación deberán garantizar que la transmisión se realiza correctamente, quedando constancia del contenido íntegro de la misma, de la fecha y hora en que se produce la emisión y recepción de la notificación así como del acceso del destinatario al contenido del mensaje.

Artículo 2 Ámbito.
  1. Las notificaciones telemáticas de los actos administrativos de la Administración de la...

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