DECRETO 98/2001, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la compensación de gastos extraordinarios derivados de accidente de tráfico acaecidos en desplazamientos efectuados por razón de servicio por el personal del Departamento de Educación y Ciencia en las funciones docente e inspectora durante el...

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 98/2001, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la compensación de gastos extraordinarios derivados de accidente de tráfico acaecidos en desplazamientos efectuados por razón de servicio por el personal del Departamento de Educación y Ciencia en las funciones docente e inspectora durante el curso 2000-2001.

Por Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre, se aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la Disposición Transitoria Sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, por el que se traspasan a esta Comunidad Autónoma las competencias en materia de enseñanza no universitaria.

Con el fin de garantizar una correcta atención educativa, el personal de numerosos puestos de trabajo cuya finalidad es prestar servicio a la docencia, debe desplazarse para desempeñar su función utilizando su propio vehículo.

Tras la asunción de las competencias en materia de enseñanza no universitaria por esta Comunidad Autónoma, se dictó la Orden de 29 de noviembre de 1999, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se convocaban ayudas económicas para compensar gastos extraordinarios derivados de accidentes de tráfico acaecidos en desplazamientos efectuados por razón de servicio en vehículo propio por el personal del Departamento en las funciones Docente e Inspectora.

Dicha Orden fue de aplicación para los accidentes acaecidos durante el Curso 1999/2000, así como los producidos desde el 1 de enero de 1999, por lo que se hace necesario regular para el Curso 2000/2001 la aplicación de las compensaciones derivadas de los accidentes de los vehículos utilizados por el personal del Departamento de Educación y Ciencia en su función docente e inspectora, de manera que la prestación del vehículo por los interesados no perjudique ninguna situación personal por los daños sufridos en el mismo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 8 de mayo de 2001, DISPONGO:

Artículo 1.--Objeto.

El objeto de esta convocatoria es compensar los gastos extraordinarios que se deriven de los accidentes de tráfico acaecidos en los desplazamientos efectuados en razón del servicio por el personal del Departamento de Educación y Ciencia en el ámbito de las funciones docente e inspectora durante el curso 2000/2001.

Artículo 2.--Peticionarios.

Dentro de los límites que se establecen en esta convocatoria, podrá solicitar ayuda económica el personal adscrito al Departamento de Educación y Ciencia, que preste servicios en puestos de trabajo dentro del territorio gestionado por el Departamento, para cuyo desempeño precisen realizar desplazamientos y que, como consecuencia de ello, sufran algún accidente del que se deriven daños en el vehículo.

También tendrán derecho a la compensación económica cuando el vehículo con el que se produce el accidente sea el...

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