ORDEN del 7 de mayo de 1989, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, por la que se aprueba el proyecto de clasificación de vías pecuarias existentes en el término municipal de Lumpiaque (Zaragoza).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y MONTES
Rango de LeyOrden

ORDEN del 7 de mayo de 1989, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, por la que se aprueba el proyecto de clasificación de vías pecuarias existentes en el término municipal de Lumpiaque (Zaragoza).

Visto el expediente seguido para la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Lumpiaque (Zaragoza) en el que se han cumplido todos los requisitos legales de tramitación, no habiéndose presentado reclamación alguna durante su exposición pública y siendo favorables cuantos informes se emitieron.

Vistos la Ley de Vías Pecuarias de 27 de junio de 1974, el Reglamento para su aplicación, aprobado por Real Decreto de fecha 3 de noviembre de 1978, la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, el Real Decreto 1410/84 de 8 de febrero de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, el Decreto 64/84 de 30 de agosto de la Diputación General de Aragón asignando al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes las competencias transferidas en materia de Conservación de la Naturaleza y demás disposiciones legales de general aplicación.

Este Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, de conformidad con la proposición de clasificación redactada por el Equipo de Vías Pecuarias con el Informe del Jefe del Servicio Provincial de Zaragoza con el de la Asesoría Jurídica y con el del Jefe del Servicio de Conservación del Medio Natural y a propuesta de la Dirección General de Ordenación Rural, ha resuelto:

Primero.- Aprobar la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Lumpiaque en la que se integran las que seguidamente se relacionan: Vías Pecuarias necesarias.

N.º 1.-Vereda del camino de Pamplona. Anchura legal: 20,89 m. l.

Anchura propuesta: 10,00 m. l. Longitud aproximada: 5.000 m. l.

Segundo.- El recorrido, dirección, superficie y demás características de las antedichas Vías Pecuarias, figura en la proposición de clasificación de fecha 28 de julio de 1987 ateniéndose en cuanto a longitudes, anchura inicial...

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