DECRETO 232/2002, de 11 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de la titularidad de determinadas carreteras de la Diputación Provincial de Teruel.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 232/2002, de 11 de julio, del Gobierno de AragÛn, sobre traspaso a la Comunidad AutÛnoma de AragÛn de la titularidad de determinadas carreteras de la DiputaciÛn Provincial de Teruel.

††† La Ley de las Cortes de AragÛn 7/1999, de 9 de abril, de AdministraciÛn Local de AragÛn, en su artÌculo setenta y tres establece que cuando las leyes sectoriales atribuyan a la AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma competencias anteriormente ejercidas por las Diputaciones Provinciales, esta atribuciÛn exigir· el correspondiente traspaso de servicios y medios personales, financieros y materiales.

††† La Ley 8/1998, de 17 de diciembre, en su DisposiciÛn Adicional Quinta prevÈ la posibilidad de asunciÛn por el Gobierno de AragÛn de la titularidad de las carreteras de las Diputaciones Provinciales.

††† Por otra parte, el Decreto 188/1999, de 28 de septiembre, del Gobierno de AragÛn, regula el funcionamiento de las Comisiones mixtas de transferencias entre las Provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza y la Comunidad AutÛnoma de AragÛn.

††† En su virtud, a iniciativa del Consejero de Obras P˙blicas, Urbanismo y Transportes, y a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, previa deliberaciÛn del Gobierno de AragÛn en su reuniÛn del dÌa 11 de julio de 2002, DISPONGO:

††† Primero. Se aprueba el Acuerdo de la ComisiÛn Mixta de Transferencias entre la DiputaciÛn Provincial de Teruel y la Comunidad AutÛnoma de AragÛn, adoptado por el Pleno de dicha ComisiÛn en su reuniÛn del dÌa 12 de junio de 2002, por el que se traspasa a la Comunidad AutÛnoma de AragÛn la titularidad de determinadas carreteras de la DiputaciÛn Provincial de Teruel, que se transcribe como Anexo al presente Decreto.

††† Segundo. En consecuencia, queda traspasada a la Comunidad AutÛnoma de AragÛn la titularidad de determinadas carreteras de la DiputaciÛn Provincial de Teruel, en los tÈrminos especificados en el citado Acuerdo de la ComisiÛn Mixta de Transferencias.

††† Tercero. El traspaso de titularidad prevista en el Acuerdo de la ComisiÛn Mixta de Transferencias ser· efectivo a partir de la fecha seÒalada en el mismo.

††† Cuarto. El presente Decreto surtir· efectos el mismo dÌa de su publicaciÛn en el ´BoletÌn Oficial de AragÛnª.

††† En Zaragoza, a 11 de julio de 2002.

††† El Presidente del Gobierno de AragÛn, MARCELINO IGLESIAS RICOU El Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA El Consejero de Obras P˙blicas...

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