ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, adoptados en sesión de 27 de septiembre de 2001.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, adoptados en sesión de 27 de septiembre de 2001.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza en la sesión de 27 de septiembre de 2001, reunida bajo la presidencia de don Carlos Guía Marqués, Director General de Urbanismo de la Diputación General de Aragón, adoptó entre otros los siguientes acuerdos:

1. Jaraba: Informe para Modificación Número 1 de Normas Subsidiarias. Cot 2001/722.

Primero.--"Informar favorablemente con carácter previo a la aprobación definitiva municipal la Modificación Puntual número 1 de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal de Jaraba consistente en la recalificación como Zona Residencial de Edificación Extensiva de parte de los terrenos que actualmente están calificados como Zona de Equipamiento Extensivo de propiedad municipal.

Segundo.--Advertir al Ayuntamiento de Jaraba que con carácter previo a la aprobación definitiva deberán corregirse los planos y cuadros numéricos en cuanto a las superficies que figuran en ellos a fin de computar en los mismos el incremento de las superficies destinadas a espacios verdes y libres de dominio y uso público.

Tercero.--Recordar al Ayuntamiento de Jaraba que la resolución final que se adopte al respecto de la modificación de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal objeto del presente acuerdo deberá ser notificada a esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza para su conocimiento.

Cuarto.--Recomendar al Ayuntamiento de Jaraba que lleve a cabo un procedimiento de Homologación o Adaptación de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal a las determinaciones establecidas por la Ley Urbanística de Aragón de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley.

Quinto.--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Jaraba".

2. La Joyosa: Plan General de Ordenación Urbana. Cot 2001/483.

Primero.--"Suspender la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de La Joyosa de conformidad con lo establecido en el artículo 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento Urbanístico aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, de aplicación de conformidad con lo establecido en la Disposición Final Primera de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, hasta que no se subsanen las siguientes deficiencias, de cuyo cumplimiento se dará cuenta a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, previa valoración del Ayuntamiento acerca de la necesidad de someter la documentación a un nuevo trámite de información pública, a fin de que recaiga Acuerdo de aprobación definitiva:

--Completar la documentación gráfica remitida con relación al Suelo Urbanizable Delimitado Industrial y Residencial y el Suelo Urbano Industrial señalando el planeamiento propio que les es de aplicación y los instrumentos urbanísticos aprobados en cada uno de ellos así como los sectores que mantienen vigentes las Ordenanzas propias de los Planes Parciales aprobados.

--Ajustar la clasificación del Suelo Urbanizable no Delimitado a las determinaciones establecidas por la Ley Urbanística de Aragón de conformidad con lo establecido en la parte expositiva del presente Acuerdo.

--Justificar la clasificación como Suelo No Urbanizable Especial de la franja de terreno situada al noroeste del casco urbano.

--Eliminar como justificación del Suelo No Urbanizable Genérico su inadecuado desarrollo urbano, por aplicación del Real Decreto Ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización del Sector Inmobiliario y Transportes, y dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 19 b) de la Ley Urbanística de Aragón, de conformidad con lo establecido en la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones.

--Aportar informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de la Diputación General de Aragón con relación al Catálogo que forma parte de la documentación propia del Plan General de Ordenación Urbana de La Joyosa.

--Incluir la necesidad de ordenar detalladamente las Unidades de Ejecución 18 a 25, con excepción de la Unidad de Ejecución 20 a través de un Plan Especial para garantizar su ordenación y garantizar la previsión y funcionamiento de las infraestructuras necesarias.

--Corregir las determinaciones de la Unidad de Ejecución 2 en los términos establecidos en la parte expositiva del presente acuerdo.

--Incluir las determinaciones establecidas en el informe de la Junta de saneamiento de la Diputación General de Aragón con relación al saneamiento y depuración de aguas residuales.

--Corregir las Ordenanzas y Normas Urbanísticas en los términos señalados en la parte expositiva del presente acuerdo.

Segundo.--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de La Joyosa e interesados".

3. La Almunia de Doña Godina: cumplimiento de prescripciones del Plan Especial de Reforma Interior para Las Manzanas Avda. Ramón y Cajal / Diputación Provincial. Cot 95/587.

Primero.--"Suspender la emisión de Acuerdo con relación a la subsanación de las deficiencias impuestas a la aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior para Las Manzanas Avda. Ramón y Cajal / Diputación Provincial, solicitando informe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón con relación a la corrección del Plano de cotas de las alineaciones previstas al eje de carreteras.

Segundo.--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina".

4. Alhama de Aragón: Plan General de Ordenación Urbana. Cot 2001/672.

Primero.--"Suspender la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de Alhama de Aragón de conformidad con lo establecido en el artículo 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento Urbanístico aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, de aplicación de conformidad con lo establecido en la Disposición Final Primera de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, hasta que no se subsanen las siguientes deficiencias, de cuyo cumplimiento se dará cuenta a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, previa valoración del Ayuntamiento acerca de la necesidad de someter la documentación a un nuevo trámite de información pública, a fin de que recaiga Acuerdo de aprobación definitiva.

--Completar la documentación gráfica relativa a los planos de información que definan el estado actual de la edificación, número de plantas, usos, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico de aplicación conforme a lo establecido en la Disposición Final Primera c) de la Ley Urbanística de Aragón. Determinar con mayor precisión las redes eléctricas que figuran en su correspondiente plano.

--Ajustar la clasificación del Suelo Urbanizable no Delimitado a las determinaciones establecidas por la Ley Urbanística de Aragón de conformidad con lo establecido en la parte expositiva del presente acuerdo.

--Aportar informe de Protección Civil con respecto a Análisis de Riesgos de las zonas de desprendimientos por la eventual aplicación de lo establecido en el artículo 20.2 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón.

--Aportar Estudio de Inundabilidad informado por órgano competente por razón de la materia con relación al barranco existente en lo que afecte al Suelo Urbano y Suelo Urbanizable, por la eventual aplicación de lo establecido en el artículo 20.2 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón.

--Necesidad de delimitar gráficamente el Suelo No Urbanizable Genérico. Con relación a este tipo de Suelo es necesario eliminar su configuración como suelo residual por aplicación de la Ley 6/1998, de 13 de abril, el Real Decreto Ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización del Sector Inmobiliario y Transportes, y dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 19 b) de la Ley Urbanística de Aragón, de conformidad con lo establecido en la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones estableciendo el motivo de protección del Suelo No Urbanizable Genérico.

--Justificar adecuadamente el cambio de tipología de las edificaciones en torno de la travesía antigua y la carretera a Nuévalos en las que se sustituye su zonificación de casco histórico por la de Ensanche Grado 1.

--Recomendar que el Ayuntamiento replantee la coexistencia del uso industrial y residencial en la zona definida como Sector 1 de Suelo Urbanizable Delimitado en los términos establecidos en la parte expositiva del presente Acuerdo.

--Aportar informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de la Diputación General de Aragón con relación al Catálogo que forma parte de la documentación propia del Plan General de Ordenación Urbana de Alhama de...

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