ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, adoptados en sesión de 28 de diciembre de 2000.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, adoptados en sesión de 28 de diciembre de 2000.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza en la sesión de 28 de diciembre de 2000, reunida bajo la presidencia de D.

Carlos Guía Marqués, Director General de Urbanismo de la Diputación General de Aragón, adoptó entre otros los siguientes acuerdos:

1.--Maella: Corrección de errores a la revisión de las Normas Subsidiarias. COT 97/1177.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza aprueba definitivamente la revisión de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de Maella en sesión celebrada el 6 de abril de 2000, con el siguiente tenor literal: Primero.--"Aprobar definitivamente la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Maella, según proyecto técnico redactado por el arquitecto don José Antonio Lorente, si bien deberá corregir las siguientes deficiencias: Deberán redactarse los planos de infraestructuras, referentes a la red de distribución de agua y a la red de alcantarillado, con un grafismo más adecuado a las nuevas líneas del límite del suelo urbano y del urbanizable.

Deberá resolver la incompatibilidad de usos industrial y residencial existente en las manzanas que se señalan en el informe técnico.

Segundo.--Del cumplimiento de las prescripciones expuestas anteriores se dará cuenta a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, una vez que el Pleno del Ayuntamiento de Maella haya tomado conocimiento del mismo, tras lo cual se procederá a solicitar la publicación del texto íntegro de las Normas y Ordenanzas.

Tercero.--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Maella e interesados".

En la sesión celebrada por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza el día 27 de septiembre de 2000, el siguiente acuerdo: Primero.--"Dar por subsanadas las deficiencias señaladas en el apartado primero del acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza de fecha 6 de abril de 2000.

Segundo.--Ordenar la publicación del Texto Integro de las Normas Subsidiarias y Ordenanzas urbanísticas del planeamiento municipal de Maella.

Tercero.--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Maella".

Con fecha de entrada de 5 de diciembre de 2000, se presenta escrito del Ayuntamiento de Maella en el que se reproduce acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión de 29 de noviembre de 2000 relativo a la solicitud de rectificación de un error material existente en el artículo 97.6 del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de ese municipio, adjuntándose por triplicado los documentos relativos a dicha corrección de errores.

La corrección se justifica adecuadamente y consiste en sustituir dentro del artículo citado 1,2 m2/m2 de edificabilidad neta de parcela por 1,6 m2/m2.

Habiéndose comprobado por los Servicios Técnicos la tramitación de dicha corrección de errores, se procede a sustituir las páginas aportadas del texto de las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal, y a proceder al trámite de la publicación.

Visto lo anteriormente expuesto, se da cuenta a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza sin considerarse necesario un acuerdo expreso de la misma.

2.--Muel: Informe para modificación numero 3 de normas subsidiarias. COT 2000/902.

--"Informar desfavorablemente, con carácter previo a la aprobación definitiva municipal, la modificación puntual de las NN.SS. del planeamiento de Muel consistente en autorizar en el Sector de Planeamiento número 5, Avenida de la Virgen de la Fuente, los usos contemplados en el artículo 51 de las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.

--Recomendar al Ayuntamiento de Muel que efectúe el desarrollo de las Normas Subsidiarias del planeamiento en vigor mediante el correspondiente Plan Parcial o, en su defecto, lleve a cabo la tramitación de un expediente de legalización de la construcción realizada a través del procedimiento especial de autorización para los usos regulados en Suelo No Urbanizable establecido en el artículo 25 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, si bien es necesario señalar que el uso propuesto como vivienda no cumple los requisitos de parcela mínima exigidos por la Ley Urbanística de Aragón para construcciones en Suelo No Urbanizable y, en caso de ser propuesto como uso de utilidad pública e interés social debería cumplir la superficie máxima de edificación autorizable establecida en las NNSSCC de la Provincia de Zaragoza. En todo caso, en ambos supuestos, sería necesario estudio de inundabilidad con informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

--Poner en conocimiento del Ayuntamiento de Muel que por parte de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza no se tramitará ninguna modificación sustancial de sus Normas Subsidiarias Municipales que no venga acompañada de un expediente de Adaptación, o en su caso Homologación, a la Ley 5/99, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón.

--Recordar al Ayuntamiento que la resolución final que se adopte al respecto de la modificación de las Normas Subsidiarias objeto del presente acuerdo, deberá ser notificada a esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza para su conocimiento.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Muel e interesados".

3.--Ejea de los Caballeros: Cumplimiento de prescripciones a la revisión de Plan General de Ordenación Urbana. COT 2000/056.

--"Dar por subsanadas las prescripciones establecidas en el Acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza de 19 de julio de 2000 de aprobación definitiva de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Ejea de los Caballeros en el apartado primero con excepción de las siguientes que quedarán pendientes de cumplimiento: Considerar inadecuada la expansión del polígono de "El Trillar", en lo que afecta a la parte ampliada de la Unidad 24 que debiera comprender únicamente aquellos suelos consolidados por la edificación recogiendo la situación existente y evitando su expansión en unos suelos inadecuados para ello.

Corregir la discordancia entre las Normas Urbanísticas y el plano de ordenación del Suelo Urbano en el ámbito de la Plaza de España así como las calles recayentes en los términos establecidos en la parte expositiva del presente Acuerdo.

Corregir el artículo 101 de las Normas Urbanísticas en los términos establecidos en la parte expositiva del presente Acuerdo.

Aportar los informes de la Dirección general del Agua de la Diputación General de Aragón y de la Confederación Hidrográfica del Ebro con carácter previo a la cumplimentación definitiva de las prescripciones impuestas y a la ulterior publicación de las Normas Urbanísticas y ordenanzas de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Ejea de los Caballeros.

Corregir los artículos de las Ordenanzas y Normas Urbanísticas de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Ejea de los Caballeros en los términos establecidos en la parte expositiva del presente Acuerdo.

Se deberá aportar por triplicado debidamente visado y diligenciado un Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Ejea de los Caballeros en el que se recoja el cumplimiento de las prescripciones impuestas así como las derivadas de los informes sectoriales pendientes de aportar ante la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza.

Dado el carácter ordenativo y no meramente informativo de los Anexos de las Normas Urbanísticas deberán presentarse igualmente visados y diligenciados y con la firma de los técnicos redactores, al menos en la hoja...

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