DECRETO 4/1995, de 20 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea con carácter temporal, una Unidad de Gestión bajo la denominación de Secretaría de Organización del Proceso Electoral y se regula su régimen de funcionamiento y de personal.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 4/1995, de 20 de enero, de la DiputaciÛn General de AragÛn, por el que se crea con car·cter temporal, una Unidad de GestiÛn bajo la denominaciÛn de SecretarÌa de OrganizaciÛn del Proceso Electoral y se regula su rÈgimen de funcionamiento y de personal.

††† La Ley Org·nica 5/1985, de 19 de junio, del RÈgimen Electoral General, determina que ser· competencia del Consejo de Gobierno de cada Comunidad AutÛnoma subvenir las necesidades personales y materiales de la AdministraciÛn Electoral encargada de llevar a cabo las Elecciones a las Asambleas legislativas de dichas Comunidades.

††† PrÛxima a expirar la actual legislatura de las Cortes de AragÛn y siendo de aplicaciÛn a la DiputaciÛn General de AragÛn la disposiciÛn arriba citada, resulta necesario prevenir las necesidades que se derivan de la aplicaciÛn de la Ley Electoral de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn a fin de garantizar el ejercicio del sufragio en las Elecciones a las Cortes de AragÛn en el presente aÒo 1995.

††† En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y previa deliberaciÛn del Consejo de Gobierno de la DiputaciÛn General de AragÛn, en su reuniÛn del dÌa 20 de enero de 1995, DISPONGO:

††† ArtÌculo 1∫.--Se crea con car·cter transitorio y hasta la celebraciÛn de las Elecciones AutonÛmicas de 1995, una unidad de gestiÛn con la denominaciÛn de SecretarÌa de OrganizaciÛn del Proceso Electoral, adscrita al titular del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.

††† ArtÌculo 2∫.--Se encomienda a la SecretarÌa de OrganizaciÛn del Proceso Electoral la organizaciÛn del proceso electoral, asÌ como la tramitaciÛn econÛmico-administrativa que se derive de las actuaciones consiguientes al mismo.

††† ArtÌculo 3∫.--El titular del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR