ORDEN de 2 de mayo de 2003, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se resuelve no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental la modificación primera del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyOrden

††† ORDEN de 2 de mayo de 2003, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se resuelve no someter al procedimiento de evaluaciÛn de impacto ambiental la modificaciÛn primera del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma LogÌstica de Zaragoza.

††† Plataforma LogÌstica de Zaragoza, S. A., PLA-ZA, a travÈs del Departamento de Obras P˙blicas, Urbanismo y Transportes, ha presentado en el Departamento de Medio Ambiente el Modificado primero del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma LogÌstica de Zaragoza que incluye un An·lisis ambiental. Posteriormente, mediante escrito de fecha 28.4.03, PLA-ZA retira del citado Modificado primero la lÌnea aÈrea de alta tensiÛn a 220 kV de alimentaciÛn a la SET PLAZA. Este proyecto est· incluido en el anexo II del Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificaciÛn del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluaciÛn de impacto ambiental, por lo que de conformidad con lo regulado en esa normativa la actuaciÛn es objeto de una valoraciÛn previa a los efectos de evaluaciÛn de impacto ambiental.

††† Considerando lo establecido en el documento ´An·lisis ambientalª del proyecto presentado, de conformidad con los criterios incluidos en el anexo III de la Ley 6/2001, de 8 de mayo y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

††† -Tipo de proyecto. La tramitaciÛn de este proyecto viene determinada por la necesidad de modificar el proyecto autorizado, actualmente en construcciÛn, de la Plataforma LogÌstica de Zaragoza, introduciendo una serie de cambios que sustancialmente consisten en la modificaciÛn del trazado de las conexiones exteriores, tanto de abastecimiento, se unifican las tomas del Canal Imperial en una sola; como de saneamiento, se incluye el cambio de localizaciÛn de la depuradora de aguas residuales a una zona ubicada al sur de la carretera N-II y del trazado del AVE; asÌ como del emisario de pluviales hasta el rÌo Ebro, que sustituye al inicialmente previsto con evacuaciÛn al rÌo Huerva. Por otra parte se propone la ampliaciÛn de la superficie del polÌgono logÌstico pasando de 1.071 hect·reas del proyecto aprobado a 1.206 hect·reas del modificado presentado. El tamaÒo relativo del modificado de proyecto es medio-bajo ya que supone una ampliaciÛn del 11% de la superficie final, la utilizaciÛn de recursos naturales es cualitativamente y cuantitativamente mÌnima, la tipologÌa de residuos generados no ocasiona mayores incidencias ambientales que la adecuada gestiÛn de los mismos. Los...

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