DECRETO 5/1986, de 23 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece el procedimiento a seguir en la concesión de subvenciones para la realización de acciones de promoción comercial a productos y servicios aragoneses en Ferias y Certámenes Comerciales.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 5/1986, de 23 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece el procedimiento a seguir en la concesión de subvenciones para la realización de acciones de promoción comercial a productos y servicios aragoneses en Ferias y Certámenes Comerciales.

El fomento del desarrollo económico aragonés es una de las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma que el Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 35.14.

La Diputación General de Aragón, consciente de la necesidad de este fomento, cree conveniente impulsar acciones de promoción comercial de productos y servicios aragoneses que contribuyen a tal desarrollo.

El presdente Decreto regula los criterios y el procedimiento de conformidad con la legislación vigente, para la concesión de ayudas económicas en forma de subvención a entidades aragonesas que desarrollen actividades de promoción comercial en Ferias y Certámenes Comerciales.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo y previa deliberación de la Diputación General en su reunión de 23 de enero de 1986, DISPONGO Artículo 1º Las subvenciones que se otorguen por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo a empresas y entidades aragonesas, cualesquiera que sea su personalidad jurídica, que participen con la finalidad de promoción comercial, en Ferias y Certámenes Comerciales, se regirán por lo establecido en el presente Decreto.

Artículo 2º 1.-Las solicitudes de las anteriores subvenciones deberán ser dirigidas al Consejero de Industria, Comercio y Turismo y podrán ser presentadas en la sede del Departamento (Plaza de Los Sitios, nº 7), en alguno de los Servicios Provinciales de Comercio y Turismo o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

2.-En las solicitudes, necesariamente, se hará constar:

a) Datos de identificación y características fundamentales de la empresa (dimensión, actividad, volumen ventas, etcétera). b) Denominación, localización y fecha de celebración de la Feria o Certamen en la que se va a participar. c) Memoria explicativa, con exposición de motivos que justifiquen la subvención, presupuesto de los gastos a realizar, fuentes de financiación y beneficios que de tal acción se derivarán para el desarrollo económico aragonés.

d) Importe de la subvención solicitada.

3.-La Dirección General de Comercio y Turismo podrá recabar de los...

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