DECRETO 7/1987, de 6 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea la Comisión de estudio, seguimiento y control del Programa de Restitución Territorial, con motivo de las obras del Embalse de Comunel, para la regulación del río Esera.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 7/1987, de 6 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea la Comisión de estudio, seguimiento y control del Programa de Restitución Territorial, con motivo de las obras del Embalse de Comunel, para la regulación del río Esera.

Conseguir la disponibilidad de los recursos hídricos supone, en la mayoría de los casos, llevar a cabo la regulación de los caudales fluviales, y con harta frecuencia esta regulación, que lleva aparejada la ejecución de infraestructuras técnicas, incide en mayor o menor grado sobre el sistema territorial existente, afectando a las gentes que sobre dicho entorno viven y desarrollan sus actividades económicas.

La regulación del río Esera es uno de los ejemplos más significativos de los problemas que sobre un determinado territorio puede ocasionar la necesidad de disponer de agua regulada para su utilización en los regadíos de las tierras llanas o en su transformación de energía eléctrica para ser utilizada en las áreas industriales, situadas incluso fuera del territorio aragonés.

La solución prevista para regular el río Esera, consistente en la construcción del embalse de Lorenzo Pardo, según proyecto de 1976 producía tal cúmulo de efectos negativos sobre el territorio que fue fuertemente contestada por los afectados y consecuencia de ello se estudiaron varias alternativas que sometidas a estudio por la Junta de Gobierno de la Conferencia Hidrográfica del Ebro en la sesión celebrada el día 29 de septiembre de 1986, acordó elevar a la Dirección General de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, la alternativa denominada "Azud en Campo (1,5 Hm3), canal túnel de derivación hasta el Barranco de Comunel y construcción de una presa a la cuota 670 que permitirá embalsar 260 Hm3".

Si bien esta solución es una de las que menor impacto negativo produce en el sistema territorial, sin embargo, tal impacto no es nulo y afecta a los núcleos de Centenera, donde vive una familia, y al de La Puebla de Fantova, afectando en este a las tierras de labor utilizadas como medio de vida de la población, que según el último censo de 1981 ascendía a 178 habitantes. Ambos núcleos están integrados en el municipio de Graus.

Una racional política de ordenación territorial exige que, si es previsible que la ejecución de obras de infraestructura hidráulica produzca impactos territoriales y ambientales, se arbitren unas medidas de restitución territorial que además de las contempladas en la...

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