ORDEN de 30 de mayo de 2001, del Departamento de Educación y Ciencia por la que se crea la Comisión de seguimiento de la respuesta escolar al alumnado con necesidades educativas especiales y se establece su composición y funciones.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 30 de mayo de 2001, del Departamento de Educación y Ciencia por la que se crea la Comisión de seguimiento de la respuesta escolar al alumnado con necesidades educativas especiales y se establece su composición y funciones.

De conformidad con lo señalado en el Artículo 9 punto 4 del Decreto 217/2000, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de atención al alumnado con necesidades educativas especiales (BOA 27-12-00) que determina la creación de una Comisión de seguimiento de la respuesta escolar al alumnado con necesidades educativas especiales, he resuelto: Artículo primero.--Creación y naturaleza.

1. Se crea la Comisión de seguimiento de la respuesta escolar del alumnado con necesidades educativas especiales, para facilitar la participación de los sectores sociales implicados en la respuesta a estas necesidades especiales.

2. La Comisión tendrá carácter consultivo y contará con el apoyo administrativo de la Dirección General de Renovación Pedagógica.

Artículo segundo.--Composición.

La Comisión que tendrá carácter regional estará formada por:

Presidente: El Director General de Renovación Pedagógica o persona en quien delegue.

Vocales: --Uno propuesto por la Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Aragón (FAPAR).

--Uno propuesto por la Confederación Aragonesa de Padres de Alumnos "San Jorge" (CONCAPA-Aragón).

--Cuatro propuestos por las asociaciones de afectados de manera que forme parte de la Comisión un representante de las personas afectadas por minusvalía psíquica, un representante de las personas sordas o deficientes auditivas, un representante de las personas ciegas o deficientes visuales y un representante de las personas afectadas por minusvalía física. En todos los casos la designación se realizará en función de la representatividad de la organización.

--Seis representantes de las asociaciones de padres de alumnos afectados por alguna discapacidad, sobredotación intelectual, o con necesidades educativas especiales por encontrarse en situaciones personales, sociales o culturales desfavorecidas.

--Seis propuestos por los sindicatos, de entre los profesionales que trabajen en el medio, de tal forma que haya un representante por cada una de las organizaciones sindicales presentes en las mesas sectoriales de enseñanza pública no universitaria y de enseñanza concertada.

--Seis propuestos por la Administración educativa, de entre los distintos cuerpos y/o especialistas que trabajen en el medio. Uno de...

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