RESOLUCION del Ayuntamiento de Borja, por la que se hacen públicas las bases de la convocatoria para cubrir por el procedimiento de concurso - oposición una plaza de auxiliar administrativo en régimen laboral.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorAYUNTAMIENTO DE BORJA
Rango de LeyResolución

RESOLUCION del Ayuntamiento de Borja, por la que se hacen públicas las bases de la convocatoria para cubrir por el procedimiento de concurso-oposición una plaza de auxiliar administrativo en régimen laboral.

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 4 de septiembre de 1996, se efectúa convocatoria de concurso-oposición para la selección de un auxiliar administrativo, conforme a las bases que figuran a continuación, aprobadas por el Ayuntamiento Pleno en fecha 30 de agosto de 1996.

Bases para la selección de un auxiliar administrativo en régimen laboral y con carácter temporal 1. Objeto.

Es objeto de las presentes bases la regulación del procedimiento de selección de un auxiliar administrativo en régimen laboral. El contrato tendrá carácter temporal, revistiendo, en un primer momento, el carácter de contrato de interinidad para la sustitución de la auxiliar cuyo contrato se suspenderá próximamente por maternidad y se iniciará y concluirá en las fechas de inicio y fin de dicha suspensión. Si concluido éste la trabajadora solicita, conforme a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, reducción de la jornada de trabajo por razón de guarda legal, por Resolución de la Alcaldía se podrá prorrogar el contrato de la persona seleccionada, adecuando la duración de la jornada a las necesidades existentes.

Concluida la necesidad de cobertura de la interinidad, si la acumulación de tareas o la realización de servicios determinados exigen la contratación de personal auxiliar por Resolución de la Alcaldía podrá prorrogarse el contrato de la persona seleccionada por el tiempo necesario. Si las necesidades de trabajo exigen con carácter permanente la contratación con carácter indefinido de personal auxiliar, el Pleno municipal podrá convertir el contrato en indefinido.

Las posibles modificaciones del contrato inicial se ofrecerán a la persona seleccionada en primer lugar y en caso de que no sean de su interés, a las siguientes aspirantes por el orden de su puntuación en la prueba selectiva.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años, y no exceder de aquella edad en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

3. Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas...

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