RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial correspondientes al curso académico 2015-2016 en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

La Orden de 2 de febrero de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, sobre la evaluación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula la evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje en las enseñanzas de idiomas de régimen especial y establece una normativa de evaluación con dos convocatorias, una ordinaria, a celebrar en el mes de junio, y otra extraordinaria, en el mes de septiembre.

La Orden de 28 de enero de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, modificada por la Orden de 30 de enero de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, regula la obtención de los certificados de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón, establece la estructura y la organización de las pruebas.

La Orden de 14 de febrero de 2013, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, modificada por la Orden de 10 de marzo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula el Programa Integral de bilingüismo en lenguas extranjeras en Aragón (PIBLEA) a partir del curso 2013-2014, y la Orden de 9 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca a los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para solicitar autorización para desarrollar Proyectos de Potenciación de Lenguas Extranjeras (POLE) en el curso 2015-2016, establecen como medida de apoyo, que los alumnos que estén cursando 4.º de enseñanza secundaria obligatoria, y así lo deseen, podrán acceder a una prueba específica que, si la superan, obtendrán el nivel intermedio de la Escuela Oficial de Idiomas.

La Orden de 15 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, establece en su anexo las cuantías de los precios públicos por la prestación de servicios académicos no universitarios para el curso escolar 2015-2016.

Por ello, en cumplimiento de la normativa reseñada, se hace necesario determinar el procedimiento, y fijar las fechas correspondientes a las convocatorias ordinaria y extraordinaria de las pruebas de certificación de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelvo:

Primero.- Objeto.

  1. La presente resolución tiene por objeto convocar las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio y avanzado para alumnos oficiales y libres, así como las pruebas de certificación de nivel C1 para alumnos en régimen presencial de las enseñanzas de idiomas de régimen especial correspondientes al curso académico 2015-2016, y dictar instrucciones para su realización.

  2. Para facilitar su desarrollo y organización, las pruebas de certificación de nivel C1 para candidatos en régimen libre se regirán por su propia convocatoria, diferente de la presente.

    Segundo.- Lugar de realización de las pruebas.

  3. Las pruebas de certificación de nivel a las que se refiere esta convocatoria se realizarán en las Escuelas Oficiales de Idiomas, extensiones y aulas adscritas de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo I.

  4. Por cuestiones organizativas y para asegurar un correcto desarrollo de las pruebas, y dependiendo del número de candidatos matriculados para realizarlas, los alumnos, tanto en régimen presencial como en libre, podrían ser reubicados en un lugar distinto para la realización de las mismas.

    Tercero.- Destinatarios.

  5. Serán destinatarios de esta convocatoria:

    1. Los alumnos matriculados en las Escuelas Oficiales de Idiomas, en la modalidad oficial, en régimen presencial o a distancia, en el último curso de los niveles básico, intermedio y avanzado.

    2. Los alumnos matriculados en las Escuelas Oficiales de Idiomas, en la modalidad oficial, en régimen presencial, en cursos específicos de nivel C1.

    3. Las personas que, a fecha 31 de diciembre de 2016, tengan dieciséis años cumplidos, y se matriculen para realizar las pruebas a las que se refiere esta convocatoria en la modalidad libre.

    4. Los alumnos matriculados en el último curso de educación secundaria obligatoria que estén cursando un programa de educación bilingüe o participen en actividades curriculares dentro de un proyecto de potenciación de lenguas extranjeras, en los términos que se establecen en el apartado cuarto de la presente resolución.

  6. Quedan excluidos de esta convocatoria:

    1. Los candidatos que se encuentren matriculados en alguna escuela oficial de idiomas de cualquier otra Comunidad Autónoma durante el curso 2015-2016 en el idioma en el que soliciten realizar la prueba de certificación. Detectado el caso, el alumno perdería el derecho a examen, así como los precios públicos que hubieran podido ser abonados y/o la titulación conseguida en caso de haber superado las pruebas sería anulada.

    2. Los profesores que estén en servicio activo e impartiendo docencia en el curso actual en alguna de las Escuelas Oficiales de Idiomas de Aragón.

    3. Quedan excluidos de esta convocatoria las personas que hayan participado de alguna forma en la elaboración de estas pruebas.

    4. Los alumnos no podrá estar matriculados simultáneamente en régimen presencial y...

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