RESOLUCION de 15 de febrero de 2008 de la Dirección General de Urbanismo por la que se da publicidad, a efectos de notificación a D. Antonio Gracia Remartínez (actuando en nombre y representación y como apoderado de la Compañía Mercantil «Group Xermade 05, S. L.»), de la Resolución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Obras Públicas, Urbanismo y ...

SecciónV. Anuncios
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 15 de febrero de 2008 de la Dirección General de Urbanismo por la que se da publicidad, a efectos de notificación a D. Antonio Gracia Remartínez (actuando en nombre y representación y como apoderado de la Compañía Mercantil «Group Xermade 05, S. L.»), de la Resolución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de fecha 17 de enero de 2008,(R.SAU-35/2006).

Intentada la notificación personal sin que haya podido practicarse, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar a D. Antonio Gracia Remartínez (actuando en nombre y representación y como apoderado de la Compañía Mercantil «Group Xermade 05, S. L.») de la Resolución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de fecha 17 de enero de 2008. (R.SAU-35/2006).

Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Antonio Gracia Remartínez, en nombre y representación y como apoderado de la compañía mercantil «Group Xermade 05, S. L.» contra el acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca en sesión celebrada el 1 de marzo de 2006 relativo a la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana de Sabiñánigo, se han apreciado los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 2 de agosto de 2005 tiene entrada en el Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de Huesca de la Diputación General de Aragón el expediente relativo al Plan General de Ordenación Urbana de Sabiñánigo, aprobado provisionalmente por el pleno municipal el 20 de junio de 2005 y remitido a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca para su aprobación definitiva. Posteriormente, con fecha 17 de agosto de 2005 se remite por el Ayuntamiento nueva documentación complementaria.

Segundo.-Examinada toda la documentación, la Comisión Provincial mediante escrito de fecha 25 de agosto de 2005 comunica al Ayuntamiento de Sabiñánigo la necesidad de aportar determinados informes sectoriales (Comisión Provincial de Patrimonio Cultural, Unidad de Huesca de Carreteras del Estado, Dirección General competente en materia de Protección Civil y Confederación Hidrográfica del Ebro).

Tercero.-Mediante escrito del Ayuntamiento de Sabiñánigo de fecha 12 de septiembre de 2005 (entrada en el Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes) se hace constar que los informes ya fueron requeridos por el Ayuntamiento a los órganos mencionados en la comunicación de la Comisión Provincial. Asimismo solicita que por parte de dicho órgano autonómico se estudie la documentación remitida a pesar de estar suspendido el procedimiento de aprobación definitiva del Plan General por la ausencia de los referidos informes sectoriales.

Cuarto.-Con fecha 27 de diciembre de 2005 se remiten por el Ayuntamiento de Sabiñánigo los informes de los organismos competentes que fueron requeridos, con excepción del correspondiente a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural, al no haberse emitido en el plazo establecido.

Quinto.-Con fecha 16 de enero de 2006 se remite por el Ayuntamiento nuevo escrito en el que se señala que el desarrollo de la Unidad de Ejecución 21 estará condicionado a que se ejecute sobre dicha superficie vivienda protegida de Aragón y se acompaña copia de la ficha de la unidad de ejecución y del Plan de Vivienda Protegida de Sabiñánigo como anexos.

Sexto.-La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, previo informe de la Ponencia Técnica designada y de sus Servicios Técnicos acordó en sesión celebrada el 1 de marzo de 2006 aprobar el Plan General de Ordenación Urbana de Sabiñánigo con determinadas prescripciones, suspensiones (que afectan a los sectores 10. Baranguá Viejo. Residencial y 11. Castillo de Lerés. Residencial), recomendaciones y cuestiones a atender y aclarar. Asimismo se deniega la aprobación definitiva de los Sectores de Suelo Urbanizable 9. Arguisal. Residencial y 12. Lárrede. Residencial. Dicho acuerdo fue publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 44 de fecha 17 de abril de 2006.

Séptimo.-Contra el citado acuerdo se ha interpuesto en fecha 16 de mayo de 2006 por D. Antonio Gracia Remartínez, actuando en nombre propio y representación y como apoderado de la compañía mercantil «Group Xermade 05, S. L.», recurso de alzada en el que solicita que se clasifique como suelo urbanizable no delimitado de uso residencial el comprendido en el plano que adjunta con el recurso, cercano al núcleo de Larrés, con todas las consecuencias legales y reglamentarias inherentes a tal declaración y en especial con el mantenimiento de los parámetros urbanísticos establecidos en el art. 206 de las Normas Urbanísticas del Plan General en su redacción aprobada provisionalmente. En apoyo de su pretensión, formula la alegaciones que, ahora, de forma resumida se detallan:

-Que los terrenos objeto de recurso fueron clasificados por el Plan General aprobado provisionalmente como suelo urbanizable no delimitado.

-Que dicha clasificación ha sido considerada residual por el planificador.

-Que el acuerdo impugnado ha establecido la residualidad del suelo no urbanizable genérico, infringiendo la legislación urbanística y excluyendo la existencia en este municipio de suelos urbanizables no delimitados, infringiendo el principio de autonomía municipal en relación con la capacidad de fijar la ordenación urbanística que le es propio.

-Que los terrenos objeto de recurso perfectamente podrían haberse incluido dentro de la categoría de suelo urbanizable delimitado dada su colindancia con la carretera, la posibilidad de continuar con un corredor residencial de alto nivel al unir sus determinaciones y parámetros al Suelo Urbanizable delimitado del Sector 4 y operar una integración en la malla que se creará en el municipio con el desarrollo de suelos residenciales.

Octavo.-Mediante escrito del Director General de Urbanismo de 23 de mayo de 2006 se dio traslado del recurso de alzada interpuesto al Ayuntamiento de Sabiñánigo para que alegase lo que estimare oportuno y conveniente, trámite que ha sido cumplimentado con la presentación en fecha 21 de junio de 2006 de un informe municipal adoptado en acuerdo plenario de 19 de junio de 2006.

Noveno.-Mediante un posterior escrito de 23 de mayo de 2006 se requirió al recurrente para que acreditase la representación con la que actúa por cualquier medio válido en derecho. Intentada la práctica de la notificación personal en dos ocasiones, procedió a su notificación mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 85 de 26 de julio de 2006, no habiéndose cumplimentado dicho trámite por el recurrente.

Décimo.-Con fecha 29 de marzo de 2007 tiene entrada en el Registro General del Gobierno de Aragón escrito del Secretario

Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón por el que se comunica la interposición del recurso contencioso-administrativo 43/2007 contra el acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca de 1 de marzo de 2006 aprobando definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana de Sabiñánigo, resolviéndose por el Director General de Urbanismo en fecha 13 de abril de 2007 remitir a la Sala el expediente relativo al recurso de alzada interpuesto (R.SAU-35/2006), haciendo constar que el expediente correspondiente a la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de Sabiñánigo (COT-2005/660) fue ya remitido como...

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