DECRETO 88/1998, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las ayudas económicas de carácter personal en el marco de la protección de menores.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 88/1998, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las ayudas económicas de carácter personal en el marco de la protección de menores.

La Ley 4/87, de 25 de marzo, de Cortes de Aragón, de Ordenación de la Acción Social, establece en su artículo 19.1 la posibilidad de conceder ayudas económicas de carácter personal con el fin de atender situaciones de necesidad que provoquen desarraigo convivencial en el marco familiar cuando éste afecte a menores.

La Ley 10/89, de 14 de diciembre, de Cortes de Aragón, de Protección de Menores, regula en sus artículos 9 y 11, entre las medidas de prevención y apoyo a las familias o personas bajo cuya responsabilidad se encuentren los menores, la concesión de prestación económicas.

La Ley 4/96, de 22 de mayo, del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, atribuye a este Organismo la gestión de la competencia relativa a las prestaciones económicas de Acción Social, reguladas por el Decreto 48/93, de 19 de mayo, de la Diputación General de Aragón.

Es preciso que en el ámbito de protección de menores, en aquellas prestaciones que no sean competencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo y sus unidades jerárquicas dispongan de algún instrumento, de carácter económico, para apoyo a la integración familiar y disminución de factores de riesgo, dotado, asimismo, de la imprescindible agilidad de gestión.

El artículo 19, de la Ley 4/87, hace expresa referencia a la posibilidad de concesión de ayudas económicas cuando existan situaciones de necesidad que provoquen desarraigo convencional en el marco familiar, cuando afecte a menores.

La Comunidad Autónoma de Aragón ostenta la competencia en materia de menores en virtud de lo previsto en el Estatuto de Autonomía de Aragón, así como en los Reales Decretos 1070/84 de 8 de febrero, 2051/85, de 9 de octubre y 1475/92, de 4 de diciembre, correspondiendo el ejercicio de tal competencia al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, a través de la Dirección General de Bienestar Social y de sus Servicios Provinciales.

Por todo ello, y a propuesta del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 28 de abril de 1998, DISPONE:

Artículo primero. Objeto.

Por el presente Decreto se regula la concesión de ayudas económicas de carácter personal con el fin de atender situaciones de necesidad que...

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