ORDEN de 17 de junio de 2011, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la expedición en la Comunidad Autónoma de Aragón del certificado de nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 6.2 que el Gobierno fijará los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos y certificados de las enseñanzas, correspondiendo a las Administraciones educativas competentes, de acuerdo con el apartado 4 de ese mismo artículo, el establecimiento del currículo de las distintas enseñanzas reguladas en ella.

El Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, fija los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en sus niveles básico, intermedio y avanzado. Este último será desarrollado por la Comunidad Autónoma de Aragón en la Orden de 7 de julio de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Orden de 11 de julio de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de chino reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón.

De acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la ordenación del sistema educativo establecido por la Ley orgánica de Educación, el nivel avanzado se implantó en el curso 2008-2009.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 61 que las Administraciones educativas regularán las pruebas terminales para la obtención de los certificados oficiales de las enseñanzas de idiomas, entre los que se encuentra el nivel avanzado.

La Orden de 28 de enero de 2009 de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, regula la obtención de los certificados de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las precitadas órdenes de 7 de julio de 2008, por la que se establece el currículo del nivel avanzado, y de 11 de julio de 2008, por la que se establece el currículo de nivel avanzado de chino, regulan respectivamente en su artículo 8 que el certificado de nivel avanzado será expedido por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte a propuesta de la escuela oficial de idiomas correspondiente.

La Orden de 30 de abril de 1996, desarrolla el artículo 4.3. Registros de las Administraciones públicas y artículo 5. Registro central de títulos, del Real Decreto 733/1995, de 5 mayo, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

El Decreto 162/1999, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, crea y regula el Registro y regula el procedimiento de expedición de Títulos Académicos y Profesionales de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación

General del Sistema Educativo, modificado por el Decreto 95/2008, de 27 de mayo del Gobierno de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR