DECRETO 27/2013, de 6 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 158/1998, de 1 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la capacidad de las explotaciones porcinas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El artículo 71.17.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, que comprende, en todo caso, lo relativo a las explotaciones ganaderas.

El Real Decreto 324/2000, de 3 marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas, fijaba inicialmente en su artículo 3, apartado B.5, un límite máximo de 864 UGM para la capacidad de las explotaciones porcinas.

Posteriormente, el Real Decreto 324/2000, de 3 marzo, se modificó por el Real Decreto 3483/2000, de 29 de diciembre. Los cambios incorporados afectan, entre otras materias, a la capacidad máxima de las explotaciones porcinas, que se ve reducida hasta el límite de las 720 UGM. Por otra parte, se habilita a las comunidades autónomas para que, a través de su órgano competente, puedan ampliar hasta un 20 por 100 la capacidad de las explotaciones, con lo que vuelve a permitirse, en caso de materializarse esta posibilidad, las 864 UGM de capacidad máxima.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, la capacidad de las explotaciones porcinas se regula por el Decreto 158/1998, de 1 de septiembre, del Gobierno de Aragón, en cuyo artículo 4 se determina la capacidad máxima autorizada según las distintas categorías de explotaciones.

Los importantes cambios normativos, tecnológicos y socioeconómicos producidos condicionaban el ejercicio de la actividad ganadera y determinaron la necesidad de aprobar unas nuevas directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas que sustituyesen a las recogidas en el Decreto 200/1997, de 9 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y que concretasen y desarrollasen las determinaciones establecidas en las Directrices generales de ordenación territorial de Aragón. Así, mediante Decreto 94/2004, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, se aprobó la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas.

El Decreto 94/2004, de 26 de mayo, además de derogar el Decreto 200/1997, de 9 de diciembre, incluía en su disposición final primera la modificación del artículo 4 del Decreto 158/1998, de 1 de septiembre. Si bien con esta modificación se producen...

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