DECRETO 265/2002, de 23 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se constituye un refugio de fauna silvestre, con la denominación de «El Val», sito en los términos municipales de Tarazona y Los Fayos (Zaragoza).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 265/2002, de 23 de julio, del Gobierno de AragÛn, por el que se constituye un refugio de fauna silvestre, con la denominaciÛn de ´El Valª, sito en los tÈrminos municipales de Tarazona y Los Fayos (Zaragoza).

††† La Comunidad AutÛnoma de AragÛn tiene competencia exclusiva en materia de caza y de la protecciÛn de los ecosistemas en los que se desarrollen dichas actividades tal y como establece el artÌculo 35.1.17 del Estatuto de AutonomÌa de AragÛn, que atribuye igualmente la competencia exclusiva en materia de espacios naturales protegidos. El artÌculo 37.3 del Estatuto establece que le corresponde a la Comunidad AutÛnoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecuciÛn de la legislaciÛn b·sica del Estado en materia de protecciÛn del medio ambiente, normas adicionales de protecciÛn del medio ambiente y del paisaje.

††† En el ejercicio de estas competencias, y en la aplicaciÛn de lo dispuesto en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de ConservaciÛn de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, el Decreto 73/1998, de 31 de marzo, aprobÛ el Plan de OrdenaciÛn de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo y declarÛ el Parque de Moncayo. El Plan de OrdenaciÛn de los Recursos Naturales de la Comarca del Moncayo establece en su apartado 4.C, ´Normativa especÌfica del ·rea no sometida a rÈgimen de espacio natural protegidoª, la obligaciÛn para la AdministraciÛn de crear el Refugio de Fauna Silvestre del Val, conforme al procedimiento establecido en el artÌculo 14 de la Ley 12/1992, de 10 de diciembre, de Caza de AragÛn y el artÌculo 13 del Decreto 108/1995, de 9 de mayo, de la DiputaciÛn General de AragÛn, por el que se desarrollan los TÌtulos I, II y VII de la citada Ley.

††† De acuerdo con lo establecido en el artÌculo 13.3 del Decreto 108/1995, con fecha de 14 de julio de 2.000 se abriÛ un perÌodo de informaciÛn p˙blica, por plazo de un mes, (BOA n∫ 84 de 14 de julio de 2.000) e igualmente se dio audiencia a las entidades y asociaciones afectadas.

††† Una vez realizados los tr·mites previstos en la normativa de aplicaciÛn se procede a la creaciÛn del Refugio de Fauna Silvestre de ´El Valª cuya finalidad es acorde con las establecidas en el artÌculo 14.1 de la ley de Caza de AragÛn, destacando la presencia de numerosas especies de aves incluidas en el Cat·logo Nacional de especies Amenazadas y en el Cat·logo de Especies Amenazadas de AragÛn asÌ como otras incluidas en la Directiva de ConservaciÛn de Aves Silvestres...

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