ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, adoptados en sesión de 3 de noviembre de 1994.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDOS de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, adoptados en sesión de 3 de noviembre de 1994.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, en sesión de 3 de noviembre de 1994, reunida bajo la presidencia de don Jerónimo Blasco Jáuregui, Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Diputación General de Aragón, adoptó entre otros los siguientes acuerdos:

1.--Por unanimidad de los asistentes se aprueba el acta de la sesión anterior de fecha 29 de septiembre de 1994.

2.--Se dio cuenta de las decisiones adoptadas por la Presidencia, por delegación, de esta Comisión sobre suspensión temporal del trámite, devolución de proyecto en materia de actividades clasificadas y exposición al público en expedientes tramitados desde la celebración de la última sesión el pasado día 29 de septiembre de 1994.

3.--Ricla: Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento en La Planilla : -- Aprobar definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Ricla para la creación de un suelo apto para urbanizar de uso residencial en sector "La Planilla".

--Recomendar al Ayuntamiento Ricla que continúe el procedimiento de Revisión de las Normas Subsidiarias Municipales hasta su aprobación definitiva con anterioridad a la tramitación y aprobación del Plan Parcial de desarrollo del sector de suelo apto para urbanizar de uso residencial "La Planilla" que se clasifica, al objeto de dar solución a la posible confusión de usos industriales y residenciales que existen en la ordenación vigente en el sector de referencia.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento e interesados .

4.--Pinseque: Modificación Puntual de las NN. SS. sobre las Areas Prados del Rey y Sector 41 : -- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Pinseque en las áreas "Prados del Rey, Viñales y Sector 41", a excepción de la desclasificación de los terrenos de propiedad municipal situados en el Sector 41 y condicionada a la subsanación de las siguientes deficiencias: a) Deben concretarse las exigencias mínimas a desarrollar por el Plan Parcial respecto de infraestructuras y servicios necesarios --accesos a través del Camino de Viñales, redes generales de abastecimiento de agua, vertido y depuración de aguas residuales-- y de adscripción de sistemas generales como la zona verde junto a la banda de protección del canal Imperial de Aragón.

b) Deberá limitarse la edificabilidad sobre suelo bruto a 0,30 m2/m2 en función de la densidad prevista de 13 viviendas por Hectárea, adecuándola a la graduación utilizada para el resto de los sectores en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.

c) Deben regularizarse las determinaciones contenidas en las Normas Subsidiarias de Planeamiento respecto del Sector 41, para integrar la zona verde situada junto a la banda de protección del Canal Imperial de Aragón.

d) Debe delimitarse la correspondiente área o áreas de reparto señalando el aprovechamiento tipo procedente.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento .

5.--Pinseque: Plan Parcial correspondiente al Area Prados del Rey :

-- Aprobar definitivamente el Plan Parcial del área Prados del Rey de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Pinseque, condicionado a la subsanación de las siguientes deficiencias: a) Deberán contenerse las referencias correspondientes a la delimitación del área de reparto y de determinación de aprovechamiento tipo, estableciendo la ponderación relativa de los usos pormenorizados y tipologías edificatorias resultantes de la subzonificación y respetando la ponderación que se establezca en la referida Modificación de las Normas Subsidiarias.

b) Deberán detallarse las características de la conexión con el sistema general de comunicaciones, de la red de abastecimiento de agua --caudal disponible--, y de la red de evacuación --capacidad y sistema previsto de depuración-- y reflejarse, en su caso, en el estudio económico financiero del plan.

c) Deberán efectuarse las correcciones de falta de índice paginado en las Ordenanzas, de reflejo gráfico de las alineaciones y retranqueos, subzonificaciones por manzana e imagen de la ordenación proyectada, de reducción de la edificabilidad a 0,30 m2/m2 sobre parcela bruta, de limitación de la altura máxima a dos plantas más aprovechamiento bajo cubierta, de ampliación de la superficie de la parcela mínima dentro de los promedios resultantes en los distintas subzonificaciones y de aclaración de la definición de sótano contenida en el párrafo 14 B de las Ordenanzas generales y del último párrafo del apartado 8.2.3 de conclusiones.

--Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento e interesados .

6.--Figueruelas: Modificación Puntual de Normas Subsidiarias afectando a los Sectores P-3 y...

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