DECRETO 17/1988, de 9 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 86/1984, de 26 de octubre, que regula la ordenación de las explotaciones apícolas.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y MONTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 17/1988, de 9 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 86/1984, de 26 de octubre, que regula la ordenación de las explotaciones apícolas.

El Decreto 86/1984, de 26 de octubre, reguló con carácter general la ordenación del sector apícola, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La aparición de enfermedades infecciosas en el momento actual y la importancia que su prevención y erradicación tiene para evitar los graves perjuicios que originan, aconsejan la necesidad de modificar los artículos tercero y octavo del citado Decreto 86/1984.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, y previa deliberación de la Diputación General, en su reunión del día 9 de febrero de 1988, DISPONGO:

Artículo primero.-El artículo tercero del Decreto 86/1984, de 26 de octubre, queda redactado de la forma siguiente: Los titulares de explotaciones apícolas, cualquiera que sea el número de colmenas, solicitarán su inscripción en el Registro de Explotaciones Apícolas, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de este Decreto.

Artículo segundo.-El artículo octavo del Decreto 86/1984, de 26 de octubre, queda redactado de la forma siguiente: Sólo podrán recibir ayudas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes los apicultores o agrupaciones de estos que se encuentren debidamente inscritos en el Registro. Igual requisito será exigible para el establecimiento de convenios sobre...

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