ORDEN de 29 de junio de 1993, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Osso de Cinca (Huesca) para concertar un préstamo con Ibercaja, por un importe de 12.000.000 de pesetas, con destino a obras de salón social y demolición almacén-granero.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyOrden

ORDEN de 29 de junio de 1993, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Osso de Cinca (Huesca) para concertar un préstamo con Ibercaja, por un importe de 12.000.000 de pesetas, con destino a obras de salón social y demolición almacén-granero.

Examinado el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Osso de Cinca para concertar una operación de crédito. Resultando que dicho Ayuntamiento, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 26 de abril de 1993, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, adoptó el acuerdo de aprobar la contratación de un préstamo con Ibercaja, por un importe de 12.000.000 de pesetas, con destino a obras de salón social y demolición almacén-granero.

El presupuesto en el que figura esta operación fue expuesto al público en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Huesca, del día 8 de mayo de 1993, sin que se presentase reclamación alguna, según se acredita mediante certificación que consta en el expediente. Resultando que la cuantía de dicho préstamo rebasa el 5 por 100 de los recursos liquidados por operaciones corrientes de la última liquidación practicada y que la carga financiera del Ayuntamiento de Osso de Cinca, que se estima en 5.770.000 pesetas, es asumible con sus recursos por operaciones corrientes del año 1993, que ascienden a 28.736.282 pesetas. Considerando que las Entidades locales pueden concertar prestamos para financiar inversiones, conforme a lo previsto en los artículos 49 y siguientes de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y que precisa autorización por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 54.3 de la Ley citada. Considerando que, conforme a lo previsto en el artículo 53 del Estatuto de Autonomía...

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