DECRETO 86/2001, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los turnos de guardia del Servicio de Seguridad y Protección Civil.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 86/2001, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los turnos de guardia del Servicio de Seguridad y Protección Civil.

La Comunidad Autónoma de Aragón tiene atribuidas competencias en materia de Protección Civil, de acuerdo con la distribución competencial recogida en el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, de Normas Básicas de Protección Civil.

El Plan Territorial de Protección Civil de Aragón, aprobado por Decreto 109/1995, de 16 de mayo, regula las normas y procedimientos que permiten la movilización y la organización de los recursos humanos y materiales necesarios para hacer frente a las emergencias generales que se puedan presentar en el territorio de Aragón.

Entre otros objetivos pretende proporcionar un instrumento de respuesta inmediata ante un riesgo susceptible de generar una situación de emergencia de cualquier tipo.

Recoge asimismo la creación del Centro de Coordinación Operativa, como centro básico de toma de decisiones y telecomunicaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón para las emergencias, puesto en servicio el 16 de mayo de 1995.

Desde ese momento, su función fundamental ha sido actuar como centro de recepción de alarmas de emergencia, abierto las 24 horas del día y todos los días del año, pudiendo atender al mismo tiempo las urgencias cotidianas no susceptibles de desencadenar emergencias.

Dada su operatividad permanente, es posible activar el plan de actuación correspondiente, en el momento en que se produce un riesgo, cuya naturaleza y consecuencias superen la capacidad de respuesta de los servicios habituales de urgencias y requieran, para ser paliadas, la intervención especialmente coordinada y cuantitativamente extraordinaria de los servicios de protección.

La actividad de este Centro se vio notablemente incrementada tras el Acuerdo de 21 de octubre de 1997, del Gobierno de Aragón, por el que se decide la prestación del servicio de atención de llamadas de urgencia a través del teléfono 112, establecido por el Consejo de la Unión Europea como número único de llamada europeo (Decisión del Consejo de 29 de julio de 1991, DOCE, núm.

L 217, de 6-8-1991).

Este Acuerdo establece que el servicio 112 se prestará sobre la estructura organizativa y los recursos materiales y humanos del Centro de Coordinación Operativa del entonces Servicio de Protección Civil del que dependerá el Centro de Emergencias y la prestación del 112, como centro permanente de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR