Decreto por el que se regula la organización y funcionamiento de la Comisión de Protección Civil de Aragón. (Decreto 94/2005, de 10 de mayo)

Publicado enBOA
Ámbito TerritorialNormativa de Aragón
RangoDecreto

La sociedad actual demanda una serie de servicios, que las administraciones públicas encargadas de satisfacerlos vienen obligadas no simplemente a prestarlos, sino a hacerlo con calidad y eficacia, adquiriendo una relevancia especial aquellos en los que aspectos como la integridad física de las personas o de los bienes, dentro de un contexto general de bienestar, son la razón de su existencia. Es aquí, en una de estas áreas, la protección civil, contemplada desde una perspectiva global, donde la Administración debe ser especialmente cuidadosa, y dirigir sus objetivos hacia la consideración de la protección civil como una organización enfocada no a la creación de unos servicios específicos jerarquizados o cuerpos especializados o de élite, sino a la dirección, ordenación, planificación y coordinación de la colaboración que debe darse entre las distintas Administraciones y servicios públicos existentes para la adecuada atención a una determinada situación de emergencia.

Con este objetivo y en el ejercicio de las competencias que la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil, otorgaba a las Comunidades Autónomas en esta materia, sin perjuicio de las emanadas directamente de los correspondientes Estatutos de Autonomía, la Diputación General de Aragón, por Decreto 12/1989, de 21 de enero, creó la Comisión de Protección Civil de Aragón, regulando su organización y funcionamiento.

Por Decreto 4/1994, de 12 de enero, de la Diputación General de Aragón, a la vista de la situación de inactividad de la Comisión, como pone de manifiesto la propia Exposición de Motivos del Decreto, destacando que desde su creación no había producido ningún documento ni ejercido ninguna de las funciones que tenía asignadas, y debido además a la necesidad de que la citada Comisión adoptase una configuración más ágil y más equilibrada y con participación de los tres niveles de la Administración, estatal, autonómica y local, que entonces compartían y ejercían competencias en materia de protección civil, se procedió a la modificación o derogación de casi todos los preceptos del Decreto 12/1989.

La promulgación de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de protección civil y atención de emergencias de Aragón, reformada por la Ley 15/2003, de 24 de marzo, en la que se destaca dentro de la organización administrativa de la protección civil la posición que debe ocupar la Comisión de Protección Civil de Aragón, como órgano de colaboración de las administraciones públicas en la materia, ordenando en el número 2 del artículo 48 de la citada Ley 30/2002 la determinación reglamentaria de su composición, organización y funcionamiento, unida a la actual configuración territorial de la Comunidad Autónoma con la aparición de un nuevo nivel de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR