ORDEN de 11 de julio de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la organización y funcionamiento del Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE
Rango de LeyOrden

ORDEN de 11 de julio de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la organización y funcionamiento del Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural.

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida en materia de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que incluye, en todo caso entre otros aspectos, la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación, la formación y el perfeccionamiento del personal docente y la garantía de la calidad del sistema educativo.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, determina en su artículo 72 que las Administraciones educativas dispondrán del profesorado y de profesionales cualificados así como de los medios precisos, promoverán la formación del personal docente y dotarán a los centros educativos de los recursos necesarios para atender a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo. Asimismo la precitada Ley establece las características generales que debe reunir la organización y el funcionamiento de los centros docentes.

El Decreto 111/2000, de 13 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Autonomía en la Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma, dispone que esta norma será de aplicación a los Centros Docentes Públicos no universitarios ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 217/2000, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de atención al alumnado con necesidades educativas especiales sirve de marco para el desarrollo de la Orden de 25 de junio de 2001, del Departamento de Educación y Ciencia, por el que establecen medidas de Intervención Educativa para el alumnado con necesidades educativas especiales que se encuentre en situaciones personales sociales o culturales desfavorecidas o que manifieste dificultades graves de adaptación escolar.

El Decreto 29/2004, de 10 de febrero (modificado por el Decreto 151/2004, de 8 de junio), aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte estableciendo como competencias básicas del Departamento entre otras la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón y el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria, y entre ellos, la creación, puesta en funcionamiento, modificación, adaptación, transformación, clasificación, traslado, clausura, supresión, régimen jurídico, económico y administrativo de las unidades, secciones y centros, en todos sus niveles y modalidades educativas y la realización de programas de experimentación e investigación educativa en el ámbito de sus competencias.

La Disposición Adicional Unica del Decreto 281/2002, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural, faculta a la Consejera de Educación para dictar las disposiciones necesarias para su desarrollo.

En virtud de lo anteriormente expuesto, tras informe del Consejo Escolar de Aragón de fecha 27 de junio de 2007, y en el ejercicio de las competencias reconocidas por el ordenamiento vigente, a propuesta de la Directora General de Política Educativa, dispongo:

Artículo primero Objeto.

Mediante esta Orden se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento del Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural (CAREI) que se insertan en Anexo y que serán de aplicación a partir del curso 2007-08.

Artículo segundo Normativa aplicable.

La planificación, estructura, organización y funcionamiento del Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural deberá atenerse con carácter general a lo dispuesto en esta Orden y a la normativa establecida para los centros de profesores y recursos.

Artículo tercero Supervisión y control.

Las tareas de supervisión, control y administración del Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural serán efectuadas por el Director del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza.

Disposiciones finales

Primera.-Resoluciones.

Se faculta a los órganos directivos del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las resoluciones necesarias para hacer efectivo el cumplimiento de esta Orden.

Segunda.-Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

En Zaragoza, a 11 de julio de 2007.

La Consejera de Educación, Cultura

y Deporte, EVA ALMUNIA BADIA

ANEXO INSTRUCCIONES PARA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ARAGONES DE RECURSOS PARA LA EDUCACION INTERCULTURAL

La inmigración es un fenómeno complejo y cambiante, y para su correcta atención se requieren medidas y actuaciones coordinadas, flexibles y adaptadas a la nueva situación creada. Cuestiones como lengua, nacionalidad o cultura, son variables que incidirán en la oportunidad y en los resultados de las medidas y de la política que se impulse.

Debido a su complejidad, son varios los Departamentos y organismos de la Administración Autónoma, de la municipal y comarcal, así como entidades sin ánimo de lucro, sindicatos, organizaciones empresariales y otras organizaciones las que están implicadas en la atención a la población inmigrante. Por consiguiente, es necesaria la coordinación y planificación de las distintas actuaciones. Con este fin, el Gobierno de Aragón ha impulsado durante los últimos años la aprobación y el desarrollo de un Plan Integral para la inmigración en Aragón que contiene las medidas necesarias para atender a la población inmigrada en distintos ámbitos de los servicios públicos.

El Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural, cuya creación se contempla en dicho Plan, fue puesto en funcionamiento en el curso 2002-03 en este contexto, con el fin de prestar apoyo a los centros educativos de los niveles de infantil, primaria, secundaria y educación permanente de adultos en cualquiera de los aspectos educativos referidos a la población inmigrante en la Comunidad Autónoma de Aragón.

  1. Dependencia orgánica y funcional

    El Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural es una iniciativa del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, al que corresponde su titularidad.

    Su dependencia funcional se atribuye a los órganos directivos del Departamento de Educación, Cultura y Deporte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR