ORDEN VMV/681/2019, de 30 de mayo, por la que se autoriza el incremento del crédito previsto en la Orden VMV/1290/2018, de 26 de julio, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación de edificios y viviendas, correspondientes al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Con fecha 3 de agosto de 2018 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 150, la Orden VMV/1290/2018, de 26 de julio, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación de edificios y viviendas, correspondientes al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, para el año 2018. Posteriormente, el 28 de septiembre de 2018, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 189, se publicó la Orden VMV/1531/2018, de 24 de septiembre, por la que se modifica la anterior, ampliando el plazo de presentación de solicitudes hasta el 19 de octubre de 2018.

En el artículo 41, apartado 5, de la convocatoria, se establece que se podrá incrementar el crédito presupuestario, si fuera necesario y siempre condicionado a su disponibilidad, procedente de las modificaciones presupuestarias que en su caso se aprueben, en la forma prevista en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin necesidad de una nueva convocatoria. No obstante, la efectividad de esta cuantía adicional quedará supeditada a la previa declaración de disponibilidad de crédito y a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", con anterioridad a la Resolución de concesión.

La extraordinaria complejidad que está suponiendo la instrucción del procedimiento de Resolución de la convocatoria, que incluye 3 líneas diferentes de subvenciones, correspondientes a dos programas distintos del Plan cada una de ellas, y a su vez tramitándose de forma diferenciada en las tres provincias aragonesas, añadiendo que en esta convocatoria se han recibido 1668 solicitudes, que representan un 223% más que en la convocatoria de 2017, ha impedido resolver el procedimiento en 2018.

Por otra parte, el elevado número de solicitudes recibidas, hace prever que los fondos destinados inicialmente para esta convocatoria sean insuficientes para atender todas las solicitudes que cumplan requisitos.

En esta situación, se ha considerado prioritario poder atender el mayor número posible de solicitudes que cumplen requisitos y esperan obtener la subvención necesaria para rehabilitar sus edificios y viviendas.

Así, a la vista de las necesidades de financiación comprobadas en los expedientes tramitados, puesto que la Resolución de la convocatoria se hará con presupuesto del ejercicio 2019, se considera más eficiente destinar el mayor presupuesto posible del Plan en 2019 para incrementar los fondos del...

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