ORDEN VMV/546/2019, de 6 de mayo, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 con destino a entidades locales en la provincia de Teruel.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Por Orden VMV/2101/2018, de 28 de noviembre, se convocan subvenciones para entidades locales con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 con destino a actuaciones en el sector turístico en la provincia de Teruel ("Boletín Oficial de Aragón", número 5, de 9 de enero de 2019).

Con fecha 27 de marzo de 2019, la Comisión de Valoración en virtud de lo previsto en el artículo Decimoprimero de la mencionada Orden, ha emitido informe, valorando y ponderando las solicitudes conforme a los criterios establecidos en el apartado Sexto de la misma; es decir, se ha tenido en cuenta el tipo de asentamiento poblacional, el impacto social y turístico del proyecto y el impacto económico.

Visto el número de proyectos que reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria y a la vista del resultado de la valoración atendiendo a los criterios del apartado Sexto, la Comisión de Valoración tal como dispone el apartado Séptimo de la Orden de Convocatoria, ha establecido un baremo por tramos relacionando los puntos alcanzados en la valoración con el porcentaje de subvención obtenida, quedando la siguiente proporción:

Proyectos con una puntuación de 20 puntos, les corresponde el 73% de subvención.

Proyectos con una puntuación de 18 puntos, les corresponde el 70% de subvención.

Proyectos con una puntuación de 16 puntos, les corresponde el 60% de subvención.

Proyectos con una puntuación de 15,5 puntos, les corresponde el 50% de subvención.

Proyectos con una puntuación de 13,5 a 10 puntos, les corresponde el 40% de subvención.

Dado que la cuantía de la convocatoria ha resultado insuficiente y atendiendo al Orden de prelación que viene determinado por los puntos alcanzados en la valoración de los proyectos, la Comisión de Valoración determina:

- Desestimar aquéllos que han sido valorados con una puntuación menor de 10 puntos.

- Conceder subvención a aquellas solicitudes que cumpliendo los requisitos que marca la convocatoria han obtenido entre 10 y 20 puntos en la evaluación de sus proyectos.

-Denegar aquellos proyectos que por diversas causas incumplen los requisitos establecidos en la convocatoria.

Asimismo, dado que la instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Ordenación y Regulación de las Actividades Turísticas, conforme a lo previsto en el punto Décimo, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, se ha formulado propuesta de Resolución, que tiene carácter de definitiva.

Dicha propuesta de Resolución fue notificada individualmente a los interesados sin que en ningún caso la misma haya creado derecho alguno a favor del beneficiario.

Por ello, concluido el plazo otorgado para su aceptación, y habiéndose producido la renuncia de siete beneficiarios, la propuesta de Resolución definitiva ha sido elevada al...

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