ORDEN VMV/1373/2018, de 25 de julio, por la que se convocan, para el año 2018, ayudas a los municipios y comarcas de Aragón para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de política demográfica y contra la despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su 71.8.ª atribuye la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, conforme a los principios de equilibrio territorial, demográfico, socioeconómico y ambiental. Por otro lado, el artículo 71.5.ª atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de régimen local y, en concreto, la relativa a las relaciones para la cooperación y colaboración entre los Entes Locales y entre éstos y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, incorpora entre sus objetivos el de establecer condiciones de calidad de vida equivalentes para todos los habitantes de la Comunidad Autónoma con independencia de su lugar de residencia, haciendo efectiva la cohesión territorial y social. En su artículo 4 establece que uno de los contenidos del ejercicio de la función pública de la ordenación del territorio es llevar a cabo actuaciones tendentes a mejorar la cohesión territorial de la Comunidad Autónoma. Con esta finalidad la propia Ley de Ordenación del Territorio y, posteriormente, la Estrategia de Ordenación del Territorio de Aragón (EOTA), aprobada por Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, establece como estrategia para impulsar la convergencia de la "renta territorial" la dotación de un Fondo de Cohesión Territorial.

El desarrollo del objetivo de equilibrio demográfico contemplado en la EOTA, a través de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación, aprobada por Decreto 165/2017, de 31 de octubre, cuenta entre sus medidas la creación del Fondo de Cohesión Territorial, siendo la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2018 la que establece su creación en los siguientes términos: "Constituye este Fondo las partidas presupuestarias específicas cuya gestión corresponde al Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda para avanzar en la cohesión territorial de Aragón, mediante transferencias corrientes y de capital (capítulos IV y VII) a los diversos agentes sociales y territoriales que a través de un procedimiento de concurrencia competitiva vayan a desarrollar actuaciones enmarcadas en alguno de los ejes temáticos que se contemplan en la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación incorporando las correspondientes partidas presupuestarias que permitirán transferir fondos a las entidades locales para la realización de actuaciones, tanto servicios como operaciones de capital, para cumplir con el objetivo de fomentar la cohesión territorial".

La Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación contempla quince ejes temáticos en los que se enmarcan un conjunto de estrategias y medidas que pretenden avanzar hacia el objetivo general de mejorar la estructura poblacional de los asentamientos aragoneses, en particular los del medio rural, fijando prioritariamente la población joven y femenina, creando las condiciones necesarias para moderar la tendencia a la concentración excesiva de la población mediante la mejora y potenciación de la calidad en la prestación de los servicios que se dan al medio rural, garantizando, sobre todo, el acceso a la educación, la sanidad y los servicios sociales.

La transversalidad de la política demográfica y contra la despoblación se pone de manifiesto en la multiplicidad de sectores sobre los que es necesario actuar para conseguir los objetivos deseados. Por ello, además de las convocatorias de carácter sectorial que puedan realizar los diferentes departamentos de la administración autonómica, las actuaciones que, desde la competencia de ordenación del territorio, puedan llevarse a cabo para fomentar la cohesión territorial en materia de equilibrio poblacional tienen necesariamente un carácter multisectorial.

El propósito del Fondo de Cohesión Territorial no es la contribución al desarrollo de una actividad sectorial concreta, ya que no cabe duda que esta labor le corresponde al departamento competente en la materia, sino que a través del análisis del desarrollo territorial de cada municipio, evaluable a través de los correspondientes indicadores, se puedan llevar a cabo actuaciones en aquellos ejes que más puedan contribuir a mejorar el nivel de dicho desarrollo y, en particular, a fomentar el equilibrio demográfico.

En este sentido, este fondo y las subvenciones que puedan otorgarse con cargo al mismo tienen un carácter de intervención integrada en el territorio contribuyendo a potenciar los aspectos más deficitarios de entre los que se consideran prioritarios y que se enmarcan en los ejes temáticos de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación.

Entre los agentes territoriales a los que hace referencia la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, que pueden ser destinatarios de las transferencias corrientes y de capital del Fondo de Cohesión Territorial, se encuentran las entidades locales. El artículo 260.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, define el Fondo Local de Aragón como `el conjunto de transferencias destinadas a las entidades locales de Aragón que se incluyan en el presupuesto de la Comunidad Autónoma como apoyo al desarrollo y gestión de las distintas actividades de la competencia de aquellas´. Esto significa que las partidas presupuestarias del Fondo de Cohesión Territorial destinadas a entidades locales se integran en el Fondo Local de Aragón y por lo tanto las subvenciones que se otorguen con cargo a las mismas están sujetas a la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

El artículo 7.1 de la citada orden establece que el órgano competente para la concesión de subvenciones será el titular del departamento competente por razón de la materia, sin perjuicio de la competencia multisectorial del Consejero competente en materia de régimen local. Se plantea aquí la cuestión de la competencia del Consejero del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda para conceder subvenciones que afecten a varios sectores de entre las actuaciones subvencionables que contemplan las bases reguladoras, cuestión que explícitamente se le reconoce al Consejero competente en materia de régimen local.

El Decreto 14/2016, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda le atribuye la competencia del desarrollo de las acciones de política territorial dirigidas a la mejor vertebración del territorio aragonés y a la ejecución de las Directrices de Ordenación del Territorio y, en particular, al Servicio de Estrategias Territoriales de la Dirección General de Ordenación del Territorio le asigna la función de la realización de actuaciones tendentes a mejorar la cohesión territorial de la Comunidad Autónoma.

Es preciso no limitar la competencia transversal de ordenación del territorio a las competencias sectoriales (turismo, transportes, carreteras, vivienda, etc.) que también tiene el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda e interpretar implícitamente que esta competencia habilita a su Consejero para intervenir en los sectores que contribuyan a la cohesión territorial del territorio aragonés y en concreto al equilibrio demográfico en el marco de la EOTA y la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación.

Por ello, en la presente convocatoria se consideran subvencionables todos los proyectos de servicios o inversiones que puedan enmarcarse en alguna de las estrategias o medidas contenidas en los ejes temáticos de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación y que además reúnan la condición de estar incluidos entre las actuaciones subvencionables recogidas en el artículo 4 de las bases reguladoras del Fondo Local de Aragón.

Una característica específica de la convocatoria, que pone de manifiesto su carácter transversal e integrador, es la de requerir que las entidades locales solicitantes de la subvención deben optar, al menos, por dos actuaciones ubicadas en ejes temáticos diferentes de los descritos en el articulado, pudiendo llegar a solicitar hasta un máximo de ocho actuaciones (una por cada uno de los tipos de actuación considerados). Sin embargo, como contrapartida y con la finalidad de no excluir aquellos proyectos que la comisión de valoración considere como más adecuados a los propósitos que se persiguen, en el caso de solicitudes desiguales en la calidad de sus propuestas, y para facilitar la asignación de los fondos destinados a las subvenciones a los correspondientes capítulos presupuestarios, la valoración de las actuaciones presentadas se hará de forma individualizada, de modo que una entidad local pueda obtener subvención para todas, alguna o ninguna de las mismas.

Aunque dentro del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, aprobado por Orden de 11 de noviembre de 2015, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, ya existe una línea de subvenciones para promover el desarrollo territorial municipal, conviene introducir algunas modificaciones en la ficha descriptiva ya que además de incluir también la posibilidad de que los entes locales comarcales pueden ser beneficiarios, es preciso hacer referencia a los ejes temáticos de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación y a la posibilidad de realizar subvenciones para financiar operaciones corrientes, por todo ello, con fecha de 26 de abril de 2018, se ha aprobado la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y...

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