ORDEN SAN/633/2019, de 28 de mayo, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones de salud pública para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de promoción de la salud y prevención de drogodependencias y otras adicciones y proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida, para el año 2019.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Entre los objetivos del sistema sanitario se encuentra la ejecución de las acciones necesarias para la promoción de la salud y educación sanitaria de la población, así como fomentar la prevención de las enfermedades. Para ello, el Departamento de Sanidad incluye, dentro de su acción administrativa, la concesión de subvenciones a entidades públicas o privadas.

El Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de la Salud, determina que desde la Dirección General de Salud Pública se realizará la coordinación inter e intrainstitucional en materia de programas de salud, promoción y educación para la salud y prevención de adicciones y se apoyará la colaboración con entidades y redes sociales que trabajan en el ámbito de la promoción de políticas saludables, los grupos de ayuda mutua y las organizaciones que desarrollan actuaciones de prevención de enfermedades y promoción de la salud.

La Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón, otorga un destacado papel a la participación de la sociedad en la prevención de la enfermedad, en la promoción y recuperación de la salud de las personas, tanto en el ámbito individual como colectivo, mediante acciones sanitarias, sectoriales y transversales. Establece que la Comunidad Autónoma de Aragón tiene las funciones de canalizar, impulsar y organizar las iniciativas promovidas desde la sociedad coordinando las prestaciones de salud pública y facilitando la participación de la ciudadanía, las entidades privadas y las organizaciones de la sociedad civil.

La Ley 3/2001, de 4 de abril, de prevención, asistencia y reinserción social en materia de drogodependencias, constituye el marco básico de actuación para abordar el fenómeno del abuso de sustancias psicoactivas y el desarrollo de patologías adictivas. El objeto de la Ley es establecer criterios que permitan una adecuada coordinación de las instituciones y entidades que actúan en el ámbito de las drogodependencias, regulando el conjunto de acciones dirigidas a la prevención de éstas, a la asistencia y reinserción social de las personas drogodependientes y a la formación e investigación en este campo. En su artículo 33 establece que la Comunidad Autónoma de Aragón fomentará la participación del voluntariado social y apoyará las iniciativas sociales que tengan por objetivo el desarrollo de actividades y programas en materia de drogodependencias.

El instrumento para conseguir esta regulación y la adecuada coordinación interinstitucional es el Plan autonómico sobre drogas, cuyos objetivos son la planificación, ordenación y coordinación de los recursos y actuaciones en materia de drogodependencias.

Por otra parte, el Plan estratégico de prevención y control de la infección por el VIH, y otras infecciones de transmisión sexual 2013-2017 (prorrogado hasta 2020) establece las líneas estratégicas fundamentales para el trabajo en VIH y otras ITS en España y representa el núcleo común de actuación y la referencia para todas las organizaciones que trabajan en la respuesta a la epidemia. El Plan promueve de manera especial aquellas medidas de prevención y de cambios de conductas, adaptadas a los entornos en los que se encuentran los grupos más vulnerables.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Sanidad 2016-2020, recoge entre sus estrategias la promoción de la salud y educación para la salud mediante la realización de programas de promoción de la salud y prevención de las adicciones, de acuerdo con las líneas previstas en el segundo Plan Autonómico sobre Drogodependencias y otras conductas adictivas y la prevención de la transmisión del VIH/Sida.

Las normas reguladoras de la presente convocatoria de subvenciones serán las contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de salud, cuyo artículo 2 especifica que, entre las líneas y programas de actuación objeto de subvención, en el ámbito de las actuaciones relacionadas con la Salud Pública, se incluyen programas de prevención de drogodependencias y otras adicciones y de prevención del VIH/Sida y otras enfermedades transmisibles.

De acuerdo con la Orden HAP/2068/2018, de 21 de diciembre, por la que se determinan las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2018, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2019, serán de aplicación también la disposición adicional segunda de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, en las que se recogen las normas que deben seguirse en la concesión de subvenciones y la posibilidad de librar anticipos de subvenciones en materia de sanidad y de protección y promoción social. Igualmente resultan de aplicación las reglas establecidas en la presente convocatoria. Para esta convocatoria, y de acuerdo con el artículo 4 de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar podrá ser de hasta el 100% del coste total de la actividad subvencionada, considerando el interés social de las actuaciones y que estos programas se consideran prioritarios dentro de las actuaciones de la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad.

En virtud de la normativa señalada, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 23 de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Salud, dispongo:

Objeto y destinatarios de la convocatoria.

  1. El objeto de la presente Orden es la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar proyectos de promoción de la salud y prevención de drogodependencias y otras adicciones y proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida. Estos proyectos serán desarrollados por entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan su sede en la Comunidad Autónoma de Aragón y realicen su actividad dentro del período comprendido entre el 16 de noviembre de 2018 y el 15 de noviembre de 2019.

  2. Los destinatarios de la subvención serán las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro correspondiente, que deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de salud. Además, no deberán hallarse incursos en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el 3 de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril.

  3. Las normas reguladoras de la presente convocatoria de subvenciones serán las contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de salud y en la presente convocatoria.

    Créditos presupuestarios.

  4. Las subvenciones se imputarán a los créditos presupuestarios del Departamento de Sanidad para el año 2019, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

    - Prevención de adicciones: 197.947 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 16040.4134.480066.91002 del Presupuesto del Departamento de Sanidad.

    - Prevención VIH/SIDA: 108.475 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 16040.4134.480067.91002 del Presupuesto del Departamento de Sanidad.

  5. De conformidad con lo establecido en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán otorgarse subvenciones por una cuantía adicional de hasta 58.728 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 16040.4134.480066.39018, procedente del Plan Nacional sobre Drogas. En estos casos, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, con carácter previo a la Resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

    Proyectos subvencionables.

    Cada entidad podrá presentar un máximo de 2 proyectos destinados a alguna/s de las siguientes finalidades:

  6. Proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida que fomenten la inclusión social y la prevención del VIH en el marco de la salud sexual, dirigidos a grupos vulnerables: hombres que tienen sexo con otros hombres, personas que ejercen la prostitución, personas que viven con VIH, colectivos de personas inmigrantes y otros grupos vulnerables.

  7. Proyectos de promoción de la salud y prevención de las adicciones de acuerdo con las líneas previstas en el II Plan Autonómico sobre Drogodependencias y otras conductas adictivas:

    2.1. Proyectos de prevención de las adicciones en el ámbito educativo, comunitario, familiar o laboral.

    2.2. Proyectos de prevención selectiva de adicciones dirigidos a adolescentes y jóvenes.

    2.3. Proyectos de grupos de ayuda mutua de personas afectadas por conductas adictivas.

    2.4. Proyectos dirigidos a reducir los riesgos y los daños ocasionados a la salud de las personas consumidoras de drogas y con problemas de adicciones.

    Solicitud y documentación a presentar.

  8. La solicitud se ajustará al modelo que figura como anexo I de la presente Orden, que estará disponible, al igual que el resto de los anexos, en la página web del Gobierno de Aragón www.aragon.es en el Catálogo de...

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