ORDEN PRI/191/2020, de 28 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales para el período 2020-2023.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, exige en su artículo 8 que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por su parte, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, prevé en su artículo 5 que en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón cada Departamento elaborará un plan estratégico de subvenciones, con el contenido previsto en la normativa básica estatal, que comprenderá sus actuaciones en materia de subvenciones, las de sus organismos autónomos y las de sus entidades de Derecho público.

El Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ha elaborado su Plan Estratégico de Subvenciones (en adelante PES), que comprende las actuaciones en materia de subvenciones del Departamento. El Instituto Aragonés de la Mujer, organismo autónomo adscrito al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales aprobará su propio PES, ya que al amparo del artículo 5 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón,

existen razones justificadas para ello. Así, razones organizativas lo aconsejan dada la entidad propia de esta materia en relación con el resto de competencias atribuidas al Departamento.

Por otro lado, la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, entidad de Derecho público adscrita al Departamento, no concede ninguna subvención o ayuda pública, por lo que no se configura como uno de los centros gestores de las subvenciones incluidas en el presente Plan.

Finalmente, no se incluyen en el plan aquellas transferencias corrientes o de capital que amparan aportaciones dinerarias entre diferentes Administraciones Públicas para financiar globalmente la actividad de la Administración a la que vayan destinados, y las que se realicen a

favor de entidades cuyos presupuestos se integran en el presupuesto de la Comunidad Autónoma, ya que estas transferencias están excluidas del ámbito de aplicación de la Ley General...

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