ORDEN PRI/1757/2019, de 10 de diciembre, por la que se dispone la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón de los Estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Aragón y su publicación en el 'Boletín Oficial de Aragón'.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley 11/2018, de 20 de septiembre, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Aragón, prevé en su disposición transitoria segunda , la convocatoria de la asamblea constituyente del Colegio, para aprobar los estatutos del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón.

La Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón, establece, en su artículo 19, que los estatutos aprobados por los Colegios serán remitidos al Departamento competente, cuyo titular, previa calificación de legalidad, ordenará su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, y su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

El Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Aragón, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 19 de dicho texto legal y en el Decreto 158/2002, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos para la creación de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón, y la organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, ha solicitado la inscripción de sus estatutos en el citado Registro, tras su aprobación por la asamblea constituyente celebrada el 9 de febrero de 2019.

Mediante Resolución de 19 de marzo de 2019, de la Dirección General de Justicia e Interior, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 62, de 29 de marzo de 2019, se dispuso la apertura de un periodo de información pública sobre el expediente de inscripción de los estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Aragón, no habiéndose presentado alegaciones.

Se ha solicitado informe a los Departamentos de Innovación, Investigación y Universidades y de Economía, Industria y Empleo.

Actualmente corresponden al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales el ejercicio de las competencias en materia de Colegios Profesionales cuyo ámbito territorial esté comprendido en la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en artículo 4 del Decreto 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, en relación con del Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del anterior...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR