ORDEN PRE/544/2017, de 5 de abril, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos, para el establecimiento de las vías de colaboración y comunicación que permitan potenciar programas de conservación del quebrantahuesos.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0033 el convenio suscrito, con fecha 3 de abril de 2017, por el Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 5 de abril de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FUNDACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DEL QUEBRANTAHUESOS, PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LAS VÍAS DE COLABORACIÓN Y COMUNICACIÓN QUE PERMITAN POTENCIAR PROGRAMAS DE CONSERVACIÓN DEL QUEBRANTAHUESOS

Zaragoza, 3 de abril de 2017.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Joaquín Olona Blasco, Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón, celebrado el día 28 de febrero de 2017.

Y de otra parte, D. Juan Antonio Gil Gallus, con DNI: 17723383, en representación de la Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos (en adelante, FCQ), constituida en Zaragoza, el 2 de agosto de 1995, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (número 500001), y con CIF: G50653179, en su condición de Presidente de dicha Fundación, y con arreglo a las facultades que tiene atribuidas en la escritura de nombramiento de cargos, número 457, de 18 de abril de 2016.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar para obligarse mediante el presente convenio de colaboración, y

El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 75.3.ª, atribuye a la Comunidad Autónoma en el ámbito de las competencias compartidas, el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica que establezca el Estado en normas con rango de ley, excepto en los casos que se determinen de acuerdo con la Constitución, desarrollando políticas propias; en concreto, en materia de protección del medio ambiente, que, en todo caso, incluye la regulación de los recursos naturales, la flora y fauna y la biodiversidad.

De acuerdo con lo señalado en el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, le corresponde a este departamento desarrollar la acción administrativa y la gestión en materia de conservación de la naturaleza y de la biodiversidad; en concreto, la conservación del medio natural, el estudio e inventario de los recursos naturales renovables, o la conservación de la biodiversidad en lo referente a la Red Natura 2000, y a la flora y fauna silvestres.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece, en su artículo 59, la necesidad de desarrollar, para las especies incluidas en el Catálogo Estatal de Especies Amenazadas, programas de cría o propagación fuera de su hábitat natural, como complemento a las acciones de conservación in situ recogidas en la norma. En su desarrollo, se ha aprobado el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, en el cual se incluyen varias especies de fauna presentes en Aragón.

Que en cumplimiento del Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, el quebrantahuesos (Gypaetus barbatus) ha sido catalogado como una especie "en peligro de extinción" en Aragón, debido a su actual situación demográfica y tendencia poblacional, así como los factores limitantes y regresivos que le afectan, por lo que es necesario establecer medidas. Y que en la...

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