ORDEN PRE/1251/2017, de 22 de agosto, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación bancaria Ibercaja, para la gestión de los centros de interpretación de los espacios naturales protegidos de Aragón en 2017.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0110 el convenio suscrito, con fecha 27 de julio de 2017, por el Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón y el Jefe de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 22 de agosto de 2017.

El Consejero de Presidencia, P.S. (Decreto de 6 de julio de 2017, del Presidente del Gobierno de Aragón), El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FUNDACIÓN BANCARIA IBERCAJA, PARA LA GESTIÓN DE LOS CENTROS DE INTERPRETACIÓN DE LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS DE ARAGÓN EN 2017

En Zaragoza, a 27 de julio de 2017.

De una parte, D. Joaquín Olona Blasco Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, en representación del Gobierno de Aragón, facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón de 6 de junio de 2017.

Y de otra parte, D. Juan Carlos Sánchez Bielsa, Jefe de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja (en adelante, Fundación Ibercaja), que tiene su domicilio social en Zaragoza, c/ Costa, 13, y CIF: G50000652, en representación de esta institución de carácter benéfico-social.

Ambas partes se reconocen mutuamente, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente convenio, y a tal efecto

De acuerdo con lo señalado en el artículo 71.21.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, esta Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de espacios naturales protegidos, que incluye la regulación y declaración de figuras de protección, la delimitación, la planificación y la gestión de los mismos y de los hábitats protegidos situados en Aragón en el marco de la legislación básica del Estado, así como, según su artículo 77.12.ª, competencias ejecutivas de gestión de los Parques Nacionales en Aragón.

La gestión de los espacios naturales es una competencia que corresponde a la Dirección General de Sostenibilidad del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, según se desprende de lo recogido en el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del departamento.

En la gestión de estos espacios naturales, ha de considerarse de manera significativa el uso público de los mismos, dirigiendo acciones encaminadas al fomento de su conocimiento, así como a la formación de la ciudadanía en el respeto a la naturaleza y la utilización sostenible de sus recursos.

El Gobierno de Aragón, para cumplir estos objetivos, viene manteniendo en la mayoría de los espacios naturales protegidos bajo su gestión unos centros de interpretación o de acogida de visitantes, que permiten a través de diferentes técnicas acercar al visitante al conocimiento y valoración de los mismos.

Desde hace años, por parte del Gobierno de Aragón, se vienen desarrollando en estos centros diferentes programas destinados a la atención de los visitantes, así como a la educación ambiental de grupos escolares y otros colectivos, alcanzando un alto grado de valoración por parte de los usuarios.

La Fundación bancaria Ibercaja, de acuerdo con sus estatutos, tiene dentro de sus fines la creación, realización y fomento de obras sociales y culturales que impulsen el desarrollo de su ámbito de actuación, especialmente actividades asistenciales, culturales, docentes, benéficas, de investigación o cualesquiera otras de finalidad social conforme a su naturaleza fundacional.

Considerando que la entidad que financia este convenio realiza actividades que se encuadran dentro de los fines de interés general contempladas en el artículo 3.1.º de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y que a su vez la entidad beneficiaria del mismo es la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la misma ley, se estima que este convenio de colaboración pertenece a la categoría de los denominados convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general contemplado en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

En ejercicios anteriores, se han suscrito sucesivos convenios de colaboración entre ambas partes para la gestión de centros de interpretación de espacios naturales que han contribuido satisfactoriamente al fomento del conocimiento y respeto por el medio natural en Aragón.

Este convenio se encuentra recogido dentro de los supuestos enumerados en el artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, legislación básica en esta materia, siéndole aplicable la misma, sin perjuicio de las especialidades que al respecto se establecen en la normativa autonómica.

Teniendo en cuenta lo expresado anteriormente, el Gobierno de Aragón y la Fundación Bancaria Ibercaja estiman de gran interés para ambas partes suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes

Primera.- Objeto.

  1. Es objeto del presente convenio establecer el marco de colaboración entre el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad y la Fundación bancaria Ibercaja, para contribuir a la mejora de la gestión de los centros de interpretación de los espacios naturales protegidos que aparecen en el anexo I, en lo referente a la promoción y desarrollo de sus diversos programas relativos a la atención de usuarios: programa de atención al visitante, educativo, de turismo responsable y colonias ambientales en los centros de interpretación de la naturaleza, así como la promoción y divulgación de dichos programas.

  2. Podrán incorporarse, mediante adenda, otros centros de esta naturaleza que en su momento pueda establecer la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, previa aceptación de las partes firmantes del mismo. Así mismo, podrán excluirse algunos centros con las limitaciones que se establecen en el presente convenio.

    Segunda.- Actuaciones a desarrollar.

  3. La finalidad de las actuaciones a desarrollar por el presente convenio son:

    1. Acciones relacionadas con las infraestructuras en los centros de interpretación.

    2. Acciones de promoción de los espacios naturales protegidos y de los programas de actividades de educación ambiental y atención de visitantes.

    3. Realización de programas: apoyo al programa de campus y colonias infantiles.

  4. La ejecución de dichas actuaciones se realizará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o por la Fundación bancaria Ibercaja, según la distribución establecida en el anexo II.

    Tercera.- Compromisos de las partes.

  5. Durante la vigencia del presente convenio, el Gobierno de Aragón se compromete a ejercer, a través de la...

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