ORDEN PRE/1129/2019, de 1 de agosto, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo del Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, para el desarrollo de las Acciones del Proyecto Universa.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2019/4/0016, el convenio de colaboración suscrito, con fecha 23 de mayo de 2019, por la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo del Gobierno de Aragón y la Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio de colaboración, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 1 de agosto de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO DEL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES DEL PROYECTO UNIVERSA

En Zaragoza, a 22 de mayo de 2019.

De una parte, Dña. Ana Vázquez Beltrán, Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, nombrada por Decreto 231/2015, de 1 de septiembre, del Gobierno de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón", número 170, de 2 de septiembre de 2015), en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultada para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 21 de mayo de 2019.

De otra parte, la Sra. D.ª M.ª Pilar Zaragoza Fernández, Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza, quien actúa en nombre y representación de la misma en virtud de delegación conferida por Resolución Rectoral de 19 de mayo de 2016 ("Boletín Oficial de Aragón", número 100, de 26 de mayo; corrección de errores "Boletín Oficial de Aragón", número 227, de 24 de noviembre)

EXPONEN

Primero.- El Estatuto de Autonomía de Aragón en su artículo 99.3 establece que " Las instituciones aragonesas velarán por el equilibrio territorial y desarrollo sostenible de Aragón y por la realización interna del principio de solidaridad, y orientarán su actuación económica a la consecución del pleno empleo y la mejora de la calidad de vida de los aragoneses", y en su artículo 26 "Los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad en condiciones de seguridad; la prevención de los riesgos laborales; la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo; la formación y promoción profesionales, y la conciliación de la vida familiar y laboral", siguiendo lo dispuesto en el artículo 40 de la Constitución Española. El Gobierno de Aragón considera prioritario la adecuación de los recursos humanos disponibles a las necesidades del sistema productivo aragonés. Dicha adecuación exige medidas públicas de cualificación profesional que reduzcan el desfase cualitativo existente entre la oferta y la demanda de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- El Gobierno de Aragón, en el marco del Plan de Formación para el Empleo de Aragón, considera conveniente desarrollar un programa específico de acciones y proyectos formativos destinados a mejorar la cualificación profesional de jóvenes universitarios, así como a favorecer su inserción profesional.

Tercero.- La Universidad de Zaragoza, cuya vocación de servicio a la sociedad la ejerce, de manera especial, mediante la capacitación profesional de los jóvenes a quienes titula, está especialmente sensibilizada y pone especial voluntad en favorecer la inserción laboral de los universitarios a través de su cualificación profesional. Para ello es consciente que necesita ejecutar acciones y proyectos que complementen la formación recibida de cara a elevar dicho nivel de inserción.

Cuarto.- El artículo 22 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios determina que la Comunidad Autónoma de Aragón podrá celebrar convenios con las universidades públicas, en los que se tratará de concretar las actuaciones necesarias para el fomento de la calidad docente, la investigación y la participación de las mismas en el desarrollo cultural, económico y social de Aragón.

Conforme establece el artículo 5 de la citada Ley 1/2011, las relaciones de colaboración y cooperación establecidas a través de este convenio por el Instituto Aragonés de Empleo y la Universidad de Zaragoza, vendrán orientadas por los principios de lealtad institucional, coordinación y ayuda mutua, con el fin de propiciar un mejor servicio a los ciudadanos y una utilización racional de los recursos públicos.

Quinto.- El Instituto Aragonés de Empleo para desarrollar este programa considera necesario la firma de un convenio de colaboración la Universidad de Zaragoza, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, dado el interés social y económico de este programa de Formación para el Empleo, que permitirá mejorar la cualificación profesional de los jóvenes titulados adecuándola al mercado de trabajo contribuyendo a reducir el desfase cualitativo entre la oferta y la demanda y a incrementar la inserción entre el colectivo de jóvenes.

En este sentido y dada la naturaleza de la Universidad de Zaragoza como única institución de enseñanza de superior universitaria de naturaleza pública existente en Aragón, concurren en ella unos caracteres de singularidad que la configuran como entidad básica e imprescindible a la hora de afrontar la promoción e inserción laboral de las personas jóvenes universitarias que se forman en nuestra Comunidad autónoma. Se trata de una institución fundamental e insustituible en estos momentos para el tejido económico y empresarial de nuestro territorio, como fuente proveedora de profesionales de alto nivel de formación. La Universidad y las empresas de nuestra Comunidad Autónoma interactúan y colaboran de una manera estrecha, debiendo ser la Administración de la Comunidad Autónoma un elemento facilitador en esta tarea. Por este motivo, es imprescindible continuar con la colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo y la citada Universidad, a través de UNIVERSA, como órgano especializado de esta institución en esta materia, para conseguir los fines mutuos de orientación, preparación e inserción de las personas jóvenes universitarias en el mundo laboral.

Todo ello dificulta claramente la utilización del procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión de esta subvención.

Por otro lado, esta actuación está contemplada en el PAPE o Programa Anual de Políticas de Empleo del Estado, como acción singularizada de la Comunidad Autónoma Aragonesa, dentro de su planificación territorial anual. Esta inclusión en un Plan general de actuación estatal, contribuye a justificar el montante global de transferencias de fondos que desde el Presupuesto del Estado se efectúa a la Comunidad Autónoma Aragonesa, a través de la asignación anual que se lleva a cabo por la Conferencia Sectorial correspondiente.

Son ya muchos los ejercicios anuales anteriores en los que, dada esta necesidad ineludible, se ha venido contemplando año tras año, de manera continuada, una partida presupuestaria nominativa en los presupuestos de esta Comunidad autónoma. En el presente ejercicio presupuestario de 2019 y dada la situación existente de prórroga del presupuesto de 2018, no puede procederse a la tramitación de la correspondiente subvención de carácter nominativo. Por este motivo y con...

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