ORDEN IIU/922/2019, de 25 de julio, por la que se modifica la Orden IIU/883/2019, de 10 de julio, por la que se convocan ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, para el curso académico 2019/2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden IIU/883/2019, de 10 de julio (publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 144, de 25 de julio) se han convocado las ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, para el curso académico 2019/2020.

Efectuada la publicación de la citada Orden resulta necesaria su modificación debido a las siguientes cuestiones.

En primer lugar, el apartado primero de la Orden, referido al objeto de la misma, recoge el número de plazas que se ofertan en relación con las ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, para el curso académico 2019/2020. El número de plazas inicialmente convocado es de 258, cuando las plazas a ofertar deben ser 259, coincidiendo así con el importe económico fiscalizado favorablemente, un millón doscientos treinta y cinco cuatrocientos treinta mil euros (1.235.430 euros), y que corresponde con los créditos iniciales de los presupuestos para el ejercicio 2018, que son los actualmente aplicables, debido a la prórroga de los presupuestos del ejercicio 2018 al ejercicio 2019, por no encontrarse aprobada la respectiva Ley de Presupuestos, de conformidad con lo previsto en el artículo 38 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio.

En este sentido corresponde al Departamento competente en materia de Hacienda determinar las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del presupuesto. En este caso concreto es la Orden HAP/2068/2018, de 21 de diciembre, la que establece estas condiciones.

En relación con lo anterior, se debe modificar el apartado séptimo punto 1 de la Orden de convocatoria, relativo a la cuantía y financiación, para ajustar la cuantía inicial total reflejada en esta convocatoria, pasando de un millón doscientos treinta mil seiscientos sesenta euros (1.230.660 euros) a un millón doscientos treinta y cinco cuatrocientos treinta mil euros (1.235.430 euros), importe resultante del total de ayudas que se convocan (259) por el importe destinado a cada una de ellas cuatro mil setecientos setenta euros (4.770 euros), importe que viene determinado por la duración del periodo lectivo del curso académico (nueve meses) y la opción...

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