ORDEN IIU/2324/2017, de 21 de diciembre, por la que se encarga a la entidad pública Aragonesa de Servicios Telemáticos la realización de tareas para la 'Extensión de la Administración Electrónica en el Gobierno de Aragón'.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden
  1. Atribución de competencias.

    De acuerdo con el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, modificado por la disposición final segunda del Decreto de 22 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno de Aragón, el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, corresponde al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad tramitar este expediente.

    En concreto, el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, establece en su artículo 10 que la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información tiene la competencia para "La elaboración, implantación y desarrollo de planes y propuestas que garanticen el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma; la elaboración de los criterios generales en materia de ordenación de la administración electrónica, así como la elaboración de propuestas de proyectos normativos relativos a la materia" y para "La coordinación del proceso de incorporación de procedimientos administrativos al sistema de tramitación electrónica mediante normalización de los procedimientos administrativos, según el procedimiento recogido en los artículos 14 y 15 del Decreto 228/2006, de 21 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se regula la tramitación de Procedimientos Administrativos por medios electrónicos y se establecen otras medidas en materia de administración electrónica, sin perjuicio de lo que disponga la normativa vigente en cada momento"

    El Departamento de Innovación, Investigación y Universidad no dispone actualmente de los medios humanos y materiales suficientes adecuados para acometer de forma directa los trabajos relativos a las actividades que se recogen en este encargo. La Entidad de Derecho Público Aragonesa de Servicios Telemáticos, AST, tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actuaciones relacionadas con servicios y sistemas de información y de telecomunicaciones de acuerdo con su ley de creación.

  2. Antecedentes.

    En el expediente para el encargo de las tareas descritas, consta la siguiente documentación remitida por la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información:

    - Informe justificativo de la necesidad de realización del encargo.

    - Memoria específica de las tareas a realizar mediante el encargo.

    - Memoria económica del encargo.

    - Informe justificativo de la idoneidad de elección de Aragonesa de Servicios Telemáticos para la realización del encargo.

    Para cumplir con estas obligaciones la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información, debe poner a disposición de los...

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