ORDEN IIU/1874/2017, de 22 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos estratégicos de los grupos de investigación, de I+D+i en el marco de la generación de conocimiento científico y técnico y de proyectos de excelencia para la mejora de las condiciones sociales, económicas y tecnológicas de la sociedad, cofinanciadas con el programa operativo FEDER Aragón 2014-2020, se procede a su convocatoria para el periodo 2017-2019, y se establecen las medidas para el reconocimiento de los Grupos de Investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el mismo período.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Comunidad Autónoma de Aragón tiene atribuida en virtud del artículo 71.41.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón el ejercicio de la competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso, la planificación, programación y coordinación de la actividad investigadora de la Universidad y de los demás centros públicos y privados, la transferencia de conocimientos y el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información. Además, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía de Aragón dispone que, en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión. Por otra parte, el artículo 28 proclama como uno de los principios rectores de las políticas públicas, el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación científica, tecnológica y técnica de calidad.

En ejercicio de las citadas competencias, las Cortes de Aragón aprobaron la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y la transferencia de conocimientos en Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 32, de 19 de marzo de 2003) que asigna al Departamento responsable de ciencia e investigación la coordinación de los programas de ayudas que se nutran con fondos gestionados o participados por el Gobierno de Aragón, el control de la eficiencia del uso de las ayudas públicas, así como garantizar la transparencia y equidad en los procesos de concesión de subvenciones en materia de investigación. Por otro lado, regula los planes autonómicos de investigación, desarrollo y transferencia de conocimientos en Aragón (PAID) como el instrumento básico para "potenciar la cooperación en materia de investigación, desarrollo y transferencia de conocimientos entre las administraciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, las empresas, la Universidad y los centros de investigación radicados en Aragón".

Así, el II PAID, aprobado por Decreto 263/2004, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 147, de 17 de diciembre de 2004), prevé dentro de las acciones de apoyo a la Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimiento (en adelante I+D+i), dirigida a la financiación básica y flexible a los grupos de investigación reconocidos.

De acuerdo con lo anterior y dentro del marco jurídico de la actividad subvencional formado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que se erigen en algunos de sus contenidos como normativa estatal básica, al que con posterioridad se sumó la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, se aprobaron sucesivas bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y, a su vez se convocaron diversos procedimientos para la concesión de las subvenciones, consolidándose, de este modo, una actividad de fomento destinada al fortalecimiento de la investigación en Aragón.

Esta concreta línea de subvenciones se ha incorporado en recientes instrumentos de planificación en materia de investigación e innovación como son la Estrategia Aragonesa de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3 Aragón) aprobada por Consejo de Gobierno de Aragón el 29 de abril de 2014, y el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad 2016-2019, aprobado por Orden 18 de febrero de 2016, de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad. En la primera se establecen una serie de acciones de apoyo a la I+D y transferencia de conocimiento y tecnología dirigidas a apoyar la investigación realizada entre las universidades y los centros de investigación y tecnológicos, la generación de conocimientos científico y tecnológico y la trasferencia de tecnología hacia el sistema productivo. Mientras que en el segundo se recoge la línea de subvención a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón dirigida al mantenimiento y consolidación de los grupos de investigación.

La Orden IIU/1016/2016, de 1 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y su convocatoria para el año 2016 cofinanciada con el programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020, reguló un régimen transitorio hasta el 31 de diciembre de 2016, dada la vigencia de los reconocimientos de grupos de investigación realizados en virtud de las convocatorias de subvenciones de los años 2014 y 2015 (cuyas bases reguladoras se aprobaron a propuesta del anterior Departamento de Industria e Innovación por Decreto 148/2013, de 10 de septiembre, del Gobierno de Aragón). En la citada orden ya no se permitió la calificación de nuevos grupos, excepto en el caso de aquellos grupos emergentes que ya hubiesen alcanzado el plazo máximo de permanencia en la citada categoría, limitándose también la vigencia del nuevo reconocimiento a 31 de diciembre de 2016. Al mismo tiempo, se adaptaron las bases reguladoras de esta línea de subvenciones a las disposiciones de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. Con esta última convocatoria se optó por concluir una etapa en el que ya se ha considerado que este modelo de periodicidad anual está superado y ha de tenderse a una mayor exigencia en la calidad científica e investigadora, entre otras cuestiones.

Por otro lado, el Pacto por la Ciencia en Aragón, firmado el pasado 21 de diciembre de 2016, puso de relieve la importancia de la actividad de generación del conocimiento que realizan los grupos de investigación, siendo una de las piezas fundamentales en la estructura del Sistema Aragonés de I+D+i. En el citado documento, se hace referencia a que la Comunidad Autónoma de Aragón cuenta con, aproximadamente, 300 grupos de investigación que desarrollan líneas de investigación de interés para la Comunidad Autónoma de Aragón en las distintas áreas de conocimiento: Ciencias Humanas, Ciencias Sociales, Tecnología, Ciencias Experimentales y Matemáticas, Ciencias Biomédicas y Agricultura y Veterinaria.

El Sistema Aragonés de I+D+i se estructura sobre una diversidad de agentes e infraestructuras dedicadas a la actividad de investigación y de desarrollo tecnológico y a la actividad de innovación tecnológica, con el objetivo de avanzar en la consolidación de la sociedad del conocimiento. Por razón de los recursos materiales y económicos con los que están dotadas, es en estas estructuras, principalmente en las universidades y en sus institutos de investigación, en los organismos públicos de investigación, y en los Institutos de investigación mixtos, donde el personal investigador desarrolla distintas líneas de investigación, ya con carácter personal, ya constituidos en grupos de investigación, y donde se establecen las relaciones de colaboración y de trabajo conjunto que contribuyen a enriquecer los proyectos emprendidos y sus resultados, así como al crecimiento y consolidación de los grupos de investigación como elemento esencial del Sistema Aragonés de I+D+i. Al mismo tiempo, es destacable el prestigio y la calidad investigadora del personal investigador y de los grupos de investigación adscritos a otras entidades y estructuras como fundaciones del sector público aragonés.

Es preciso seguir fortaleciendo el tejido de los grupos de investigación para una mejor organización y estabilidad de la estructura del Sistema Aragonés de I+D+i y, a través de convocatorias de subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora que realizan. En esta línea, los grupos de investigación deben facilitar la cooperación entre investigadores o vinculaciones personales ya existentes de forma que se promueva la colaboración permanente y produzca un sistema organizado de investigación en Aragón.

Finalizado el periodo transitorio descrito y la vigencia del reconocimiento a los grupos de investigación otorgado en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, la presente orden establece las nuevas bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora de los grupos de investigación, así como el reconocimiento de los grupos de investigación y la convocatoria de las subvenciones para el periodo 2017-2019.

A este respecto, la nueva regulación introduce significativas novedades respecto a las medidas de reconocimiento anteriores. Se establece una nueva clasificación de grupos de investigación, diferenciando entre los grupos de investigación de referencia y en desarrollo; se establecen nuevos requisitos de estructura y composición y producción científica, y finalmente se regula el procedimiento de reconocimiento dotando al acto administrativo de reconocimiento de una vigencia de tres años. Este mismo período es el correspondiente a la concesión de la ayuda. Tratándose de un procedimiento en el que la concesión de la ayuda queda asociado al reconocimiento y ambos tienen una duración de tres años, se considera que estamos ante un procedimiento específico que motiva que tanto la convocatoria como las bases reguladoras que la rigen tengan la misma vocación de permanencia, por lo que se ha optado por regularlas de manera conjunta.

Así, puede...

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