ORDEN ICD/302/2020, de 10 de marzo, por la que se modifica la Orden EIE/1731/2017, de 5 de octubre, de regulación de determinados procedimientos administrativos en materia de seguridad industrial de las instalaciones eléctricas de baja tensión.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Mayo de 2020
SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Tras la promulgación del Decreto 38/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento sobre el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial, y la posterior publicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece para determinados sujetos la obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, el Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón dictó la Orden EIE/1731/2017, de 5 de octubre, cuya modificación se promueve, la cual posibilitó que, en Aragón, las comunicaciones con la Administración en materia de instalaciones eléctricas de baja tensión se puedan gestionar de forma automatizada mediante las plataformas tecnológicas previstas en el citado Decreto 38/2015, de 18 de marzo.

En su redacción original, esta Orden EIE/1731/2017, de 5 de octubre, reservaba la tramitación de comunicaciones ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a aquellos sujetos obligados que sean personas físicas y decidan relacionarse a través de medios no electrónicos con las Administraciones Públicas, y canalizaba el resto de comunicaciones hacia las entidades colaboradoras previstas en el Decreto 38/2015, de 18 de marzo, y hacia otras entidades.

Mediante la Orden EIE/276/2019, de 12 de febrero, por la que se aprueba la plataforma DIGITA para la tramitación telemática y consulta de expedientes e instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial, se ha dotado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón de una segunda vía de comunicación por medios electrónicos, que coexiste con las plataformas tecnológicas de las entidades colaboradoras, y permite la comunicación electrónica de las instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial, el archivo de los datos y documentación asociada a las citadas instalaciones y la digitalización de las comunicaciones presentadas por las personas físicas presencialmente ante la Administración.

Para hacer posible que, en materia de instalaciones eléctricas de baja tensión, las personas jurídicas y quienes voluntariamente deseen relacionarse con la Administración por medios...

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