ORDEN HAP/465/2019, de 6 de mayo, por la que se dispone el inicio del procedimiento para la declaración de la Comunidad Autónoma de Aragón como heredera legal de D. Ángel Cardoso Bonel.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

A través de procedimiento de juicio verbal seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Zaragoza se ha conocido la posible herencia vacante de D. Ángel Cardoso Bonel, nacido el 10 de agosto de 1927 en Cortes (Navarra) y fallecido el 2 de mayo de 2012 en Zaragoza, donde tenía su domicilio.

Realizadas diligencias previas de investigación, se acredita la concurrencia de los presupuestos de la sucesión legal a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 20 bis del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre.

De la documentación aportada por el Juzgado resulta que D. Ángel Cardoso Bonel, de vecindad civil aragonesa, viudo y sin descendientes, falleció habiendo otorgado testamento, el cual devino ineficaz por renuncia de sus herederos testamentarios, quedando la herencia yacente, según consta en el expediente que obra en el Servicio de Patrimonio.

Por todo lo anterior, estimando que concurren los requisitos para la sucesión a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón de acuerdo con el artículo 535 del Código del Derecho Foral de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, procede incoar expediente para la declaración de la Comunidad Autónoma de Aragón como heredera legal de D. Ángel Cardoso Bonel.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el apartado 3 del artículo 20 bis del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre y con las competencias atribuidas en el Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece...

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