ORDEN HAP/364/2020, de 4 de mayo, por la que se modifica la Orden HAP/364/2020, de 14 abril, por la que se adoptan medidas relativas a la presentación y pago de determinados impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Aragón motivadas por la vigencia del estado de alarma, en relación con el ingreso de la tasa fiscal que grava las máquinas recreativas.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La situación creada por la declaración del estado de alarma para responder a la emergencia provocada por la crisis sanitaria, así como la incertidumbre respecto a la gradual incorporación de ciertas actividades económicas vinculadas a la apertura de locales de ocio y restauración a su normal funcionamiento, hacen que otras actividades, no estrictamente encuadradas en dichos servicios, pero dependientes del desarrollo en condiciones de normalidad de las mismas, como es el caso de la actividad de juego a través de las máquinas recreativas con premio o de azar instaladas en dichos establecimientos, se encuentren inmersas en un círculo de seguridad económica y jurídica en cuanto a la satisfacción de los tributos que gravan su actividad.

Para paliar, en la medida de lo posible, esta situación de inseguridad e incertidumbre, se considera oportuno modificar el periodo de ingreso del primer pago fraccionado de la tasa fiscal que grava las máquinas recreativas con premio o de azar, actualmente previsto entre los días 1 y 20 del mes de junio en el apartado 4 del artículo 140-1 del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, que deberá efectuarse, exclusivamente para este ejercicio 2020, entre los días 1 y 20 del mes de septiembre.

Corresponde al Consejero de Hacienda y Administración Pública, conforme a lo dispuesto en los artículos 1.h) y 15.i) del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, modificado por Decretos 90/2017, de 20 de junio, y 148/2017, de 3 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, "el ejercicio de las competencias que correspondan a la Comunidad Autónoma en materia de tributos cedidos". Por su parte, el punto 1.º de la disposición final segunda del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, habilita al Consejero competente en materia de...

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