ORDEN HAP/2284/2017, de 20 de diciembre, por el que se da publicidad al Acuerdo de 19 de diciembre de 2017, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la plantilla del personal laboral propio de la entidad de Derecho Público Instituto Aragonés de Fomento, se toma conocimiento de la homologación de las retribuciones de sus puestos de trabajo y se fijan las retribuciones de su personal de acuerdo a lo establecido en la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Aprobado por el Gobierno de Aragón el día 19 de diciembre de 2017 el Acuerdo por el que se aprueba la plantilla del personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés de Fomento, se toma conocimiento de la homologación de las retribuciones de sus puestos de trabajo y se fijan las retribuciones de su personal de acuerdo a lo establecido en la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón, se procede a su publicación como anexo a la presente orden.

Zaragoza, 20 de diciembre de 2017.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública, FERNANDO GIMENO MARÍN

Acuerdo de 19 de diciembre de 2017, del Gobierno de Aragon, por el que se aprueba la plantilla del personal laboral propio de la entidad de derecho público Instituto Aragonés de Fomento, se toma conocimiento de la homologación de las retribuciones de sus puestos de trabajo y se fijan las retribuciones de su personal de acuerdo a ley orgánica establecido en la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la comunidad autónoma de Aragón

El Instituto Aragonés de Fomento, en adelante IAF, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1 y 2 del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, se creó como una entidad de derecho público adscrita al Departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de Economía de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Es, por tanto, una entidad de derecho público de las reguladas en el artículo 79 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por lo que goza de personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Asimismo, el IAF tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo regional y económico de Aragón, según dispone el artículo 2.3 del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento.

El artículo 5 y siguientes del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento regulan los órganos del IAF, que son el Consejo de Dirección, la Presidencia, Vicepresidencia; y, la Dirección Gerencia.

De acuerdo con la redacción del artículo 13 texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, con independencia del personal propio al servicio del IAF, que se regirá por las normas de Derecho laboral o privado que le sean de aplicación, el Gobierno de Aragón podrá adscribir, con carácter temporal, personal de la Administración de la Comunidad Autónoma para prestar sus servicios en el IAF sin merma de sus derechos.

En consecuencia, al IAF le es de aplicación lo previsto en la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo artículo 9.2., dispone que el personal...

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