ORDEN EIE/702/2018, de 18 de abril, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la instalación del parque eólico 'Las Majas IV', de 30 MW, ubicado en Aguilón, Fuendetodos y Azuara, y promovido por la mercantil 'Desarrollos Eólicos Las Majas IV S.L.' (Expediente SPZ: G-EO-Z-026/2017 DUP).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente relativo a la solicitud de la declaración de utilidad pública, en concreto, del parque eólico "Las Majas IV", de 30 MW, ubicado en Aguilón, Fuendetodos y Azuara y promovido por la mercantil "Desarrollos Eólicos Las Majas IV S.L.", constan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 7 de diciembre de 2016, se solicitó declaración de utilidad por parte la mercantil "Desarrollos Eólicos Las Majas IV S.L." para la instalación del parque eólico "Las Majas IV", de 30 MW, ubicado en Aguilón, Fuendetodos y Azuara adjuntando relación de bienes y derechos que considera de necesaria expropiación, identificando las afecciones de cada uno de ellos, siendo de fecha 20 de octubre de 2017, la última subsanación de dicha relación.

Segundo.- La solicitud de declaración de utilidad pública se sometió a información pública, insertándose anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", número 207, de 27 de octubre de 2017, corrección de errores "Boletín Oficial de Aragón", número 209, de 31 de octubre de 2017, en el periódico "Heraldo de Aragón" de 27 de octubre de 2018, en los Ayuntamientos afectados, así como una notificación personal a los afectados o a través de anuncio en el Tablón Edictal Único del "Boletín Oficial del Estado", para aquellos en que no pudo realizarse.

Tercero.- Durante el trámite de información pública se recibieron alegaciones presentadas por: D.ª Consuelo Tomás Pina (A. 1); D.ª María Asunción Tomás Pina (A. 2, A. 3, A. 4 y A. 5); María Pilar Tomás Pina (A.6); María Pilar Gorgas Fleta (A.7); D. Aurelio Gabriel Ortillés Lobera (A. 8).

Con posterioridad el promotor presenta escrito en el que se pone de manifiesto la existencia de acuerdo sobre las fincas titularidad del Ayuntamiento de Aguilón, Azuara y Fuendetodos, así como determinadas consideraciones sobre las alegaciones anteriores.

También comunicó la desafección de las parcelas números 4, 14 y 19 de la RBDA, así como la existencia de acuerdo verbal con D. Pilar Gorgas Fleta, sobre las parcelas números 10 y 21 de la RBDA, que, por tanto, se eliminan de la relación de bienes y derechos de necesaria expropiación.

Cuarto.- Las alegaciones fueron contestadas por el solicitante de la declaración, realizándose por el Servicio Provincial de Zaragoza las oportunas valoraciones al respecto que constan en el informe emitido por este órgano en fecha 10 de abril de 2018.

Quinto.- Mediante Resolución de 13 de febrero de 2018, del Director General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, se otorgó la autorización administrativa previa y de construcción de instalación "Parque Eólico Las Majas IV de 30 MW, de Desarrollos Eólicos Las Majas IV S.L. ", en el marco del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto. "Boletín Oficial de Aragón", número 53, de 15 de marzo de 2018.

Sexto.- El Servicio Provincial de Economía Industria y Empleo de la provincia de Zaragoza ha emitido informe sobre la tramitación del procedimiento recogiendo los trámites establecidos en la legislación de aplicación e informando favorablemente el reconocimiento en concreto de la declaración de utilidad pública de la instalación y relación de bienes y derechos que se considera de necesaria expropiación.

Fundamentos jurídicos

Primero.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón, corresponde a la Consejera de Economía, Industria y Empleo, previa tramitación del expediente por el Servicio Provincial de la provincia en la que se ubique la instalación, acordar la declaración de utilidad pública de la misma. Esta competencia corresponderá al Gobierno de Aragón "en caso de oposición de organismos u otras entidades de derecho público".

Según el apartado primero del citado precepto, "La expropiación forzosa...

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