ORDEN EIE/607/2016, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación y consolidación del empleo y la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Constitución Española dispone en su artículo 41 que los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

Asimismo, en su artículo 129.2, la Constitución establece que los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en las empresas y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. La Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, en su artículo 8 reconoce como tarea de interés general, la promoción, estímulo y desarrollo de las entidades de la economía social y de sus organizaciones representativas.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, afirma en su artículo 26, en el ámbito específico de empleo y trabajo, que los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad.

Por su parte, en relación con el reparto de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, el artículo 71. 32.ª del Estatuto, atribuye a Aragón la competencia exclusiva sobre la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los principios de equilibrio territorial y de sostenibilidad.

Asimismo, el artículo 77. 2.ª de la misma norma confiere a nuestra Comunidad Autónoma competencias de ejecución sobre trabajo y relaciones laborales, incluyendo entre ellas las políticas activas de ocupación.

Igualmente, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía establece para la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión. Así mismo, podrá ejercer la actividad de fomento, en función del grado de competencia asumido, para aquellas subvenciones financiadas con cargo a fondos procedentes de la Administración Central y de la Unión Europea.

La Comunidad Autónoma de Aragón, mediante el Real Decreto 567/1995, de 7 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, asumió las funciones en materia de cooperativas, calificación y registro administrativo de sociedades laborales y programas de apoyo al empleo en este tipo de empresas.

Por otro lado, el actual texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, dispone en su artículo 3.3 que, de conformidad con la Constitución y sus Estatutos de Autonomía, corresponde a las Comunidades Autónomas en su ámbito territorial el desarrollo de la política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidos. En su artículo 10, la citada ley establece que la Estrategia Española de Activación para el Empleo se articula en torno a 6 Ejes, identificando el Eje 5 bajo la denominación "Emprendimiento". En dicho eje se incluyen las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local.

Por otra parte, la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía social, en su artículo 8 reconoce como tarea de interés general, la promoción, estímulo y desarrollo de las entidades de la economía social y de sus organizaciones representativas.

Con el mismo enfoque, el artículo 99.2 del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, establece que las cooperativas serán objeto de especial consideración en la regulación de las medidas de fomento de los distintos departamentos de la administración de la Comunidad Autónoma.

Asimismo, la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, afirma que las sociedades laborales por sus fines y principios orientadores son también entidades de la economía social y por tanto deben ser acreedoras de sus políticas de promoción entre las que figura el mandato a los poderes públicos de crear un entorno que fomente el desarrollo de iniciativas económicas y sociales en el marco de la economía social.

Las subvenciones contempladas en la orden a elaborar contribuirán a la consecución de la misión del Fondo Social Europeo que, conforme establece el Reglamento (UE) n.º 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, promoverá unos niveles elevados de empleo y de calidad del empleo y mejorará el acceso al mercado laboral, contribuyendo de esta forma a dar respuesta a las prioridades de la Unión en materia de mejora de la cohesión económica, social y territorial. Por ello, las subvenciones que se establezcan podrán contar con la cofinanciación del Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Aragón para el período 2014-2020, aprobado por decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015 y que incluye entre las acciones a cofinanciar como una de las prioridades de inversión la promoción del trabajo por cuenta propia, el espíritu empresarial y la creación de empresas, incluyendo las ayudas destinadas a la creación de empleo mediante la incorporación de socios trabajadores a cooperativas o sociedades laborales. Ello permitirá que las ayudas previstas para la creación de empleo en la orden de bases reguladoras que se desarrolle puedan contar durante el período de programación previsto en el citado Programa Operativo de Aragón 2014-2020 con la cofinanciación del 50% por parte del Fondo Social Europeo.

Por todo lo antedicho, y con el objetivo de contribuir al desarrollo económico, social y laboral de Aragón, el Gobierno de Aragón quiere promocionar una economía social generadora de empresas sostenibles como lo son las cooperativas y las sociedades laborales que contribuyen a la creación de empleos estables y de calidad. Así, es de interés establecer medidas de fomento para este sector que faciliten la constitución de este tipo de empresas y la generación de empleo en el ámbito de la economía social, y que contribuyan a la consolidación económica de las ya existentes. Es necesario fomentar la incorporación a este tipo de empresas de colectivos tales como jóvenes menores de 30 años, personas mayores de 45, mujeres, personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social. El paro de larga duración o las mujeres víctimas de violencia de género han de ser objetivo también de las medidas de fomento que se establezcan. Asimismo, los proyectos ubicados en pequeños municipios o las actividades vinculadas al medio ambiente o a los servicios de proximidad, son también merecedores de una especial atención por los poderes públicos. Asimismo, se considera de interés el apoyo a las inversiones que este tipo de empresas de economía social realicen al objeto de mantener y mejorar sus niveles de empleo y competitividad.

Por todo lo expuesto, las subvenciones previstas forman parte de un conjunto de políticas activas de empleo que tienen como principales objetivos facilitar el acceso al mercado laboral de las personas en situación de desempleo, en este caso, como socios trabajadores de cooperativas o de sociedades laborales, así como contribuir en parte a la financiación de pequeñas inversiones vinculadas al empleo o al desarrollo de acciones formativas o de asistencia técnica que contribuyan a mejorar la competitividad de cooperativas y sociedades laborales. Coherente con ello, las razones expuestas justifican el otorgamiento de las subvenciones previstas en concurrencia competitiva por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 14.3.a) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, sin que ello suponga un menoscabo de los principios de igualdad y objetividad en la asignación de subvenciones y pleno respeto a los principios de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público. Las singulares circunstancias y razones de interés público, social y económico ligadas a la situación del mercado de trabajo, y, en particular, las personas que sufren el desempleo, así lo aconsejan.

Por último, la futura norma quedará incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo, aprobado por Orden de 17 de noviembre de 2015, para el período 2016-2019. Dicho plan contempla, dentro del Área de promoción de empleo, la promoción del empleo en cooperativas y sociedades laborales y prevé, para la concesión de las subvenciones destinadas a tales fines, el citado procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.

Según dispone el artículo 47 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, la iniciativa para la elaboración de reglamentos corresponderá a los miembros del Gobierno en función de la materia.

En cuanto a la competencia para la aprobación de las correspondientes bases reguladoras, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, dispone en su artículo 11.2 que el titular de cada Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma es el órgano competente para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones que puedan otorgar los Departamentos y los Organismos Públicos adscritos a ellos.

En la elaboración de la presente norma han sido consultadas las organizaciones empresariales y sindicales más...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR