ORDEN EIE/32/2018, de 8 de enero, por la que se convocan elecciones para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Huesca, Teruel y Zaragoza.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El último proceso electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Huesca, Teruel y Zaragoza, se llevó a cabo por Orden de 29 de diciembre de 2009, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo. El mandato de sus órganos de gobierno es cuadrienal, según lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, así como en el artículo 11.3 de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón. El mandato general de los cuatro años de los órganos de gobierno de las Cámaras, según establece la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2014, de 1 de abril, se encuentra prorrogado hasta la constitución de nuevos órganos de gobierno tras el correspondiente proceso electoral celebrado de acuerdo a la nueva Ley de Cámaras y a la normativa de desarrollo de las diferentes comunidades autónomas.

La Orden EIC/710/2017, de 26 de julio, del Ministerio de Economía, Industria, y Competitividad, declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, de acuerdo al artículo 18 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, y al artículo 24.1 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la citada ley, previo acuerdo con las Comunidades Autónomas, adoptado en la Conferencia Sectorial de 21 de abril de 2017.

La citada orden dispone que el proceso electoral quedó abierto el 2 de octubre de 2017 y finalizará el día 30 de septiembre de 2018, así como que, transcurridos los plazos a que se refiere el artículo 24.2 del citado Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, y los establecidos para resolver los recursos ordinarios interpuestos ante las Administraciones tutelantes, éstas procederán a convocar las elecciones, teniendo en cuenta la fecha límite prevista en el apartado primero de la referida orden.

Habiendo transcurrido los plazos indicados y sin que se haya interpuesto ante esta Administración tutelante ningún recurso ordinario contra los acuerdos de los Comités Ejecutivos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Huesca, Teruel y Zaragoza, sobre inclusión o exclusión en los respectivos Censos Electorales, corresponde al Departamento de Economía, Industria y Empleo, la convocatoria de dichas elecciones por ser la Administración Tutelante de dichas Corporaciones, en virtud de los artículos 30 y 43 de la Ley 3/2015, de 25 de marzo.

En el "Boletín Oficial del Estado", número 201, de 22 de agosto de 2017, se publicó la Resolución de 8 de agosto de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, SME, para facilitar el voto por correo en los procesos electorales de las Cámaras Oficiales de Comercio, al que se han adherido la Comunidad Autónoma y las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón con fecha 20 de septiembre de 2017, habiéndose publicado el documento de adhesión en el "Boletín Oficial de Aragón", número 230, de 30 de noviembre de 2017.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón, el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, el dispositivo tercero de la Orden EIC/710/2017, de 29 de julio; de conformidad con la normativa citada y previa consulta a las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria...

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