ORDEN EIE/1787/2017, de 2 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, financiadas con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón y dirigidas a particulares para el año 2017.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Vistas las solicitudes presentadas para la obtención de las ayudas establecidas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, financiadas con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón y dirigidas a particulares, y al amparo de la convocatoria efectuada en el año 2017, se han apreciado los siguientes

Antecedentes

Primero.- Mediante la Orden EIE/840/2017, de 7 de junio, ("Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 27 de junio de 2017), se convocaron para el año 2017 las ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, financiadas con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón y dirigidas a particulares, al amparo de lo dispuesto por la Orden EIE/1940/2016, de 16 de noviembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 3, de 5 de enero de 2016), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las citadas ayudas.

En dicha orden, se preveía una aplicación presupuestaria financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón para atender a aquellas solicitudes realizadas por particulares en materia de ahorro y diversificación energética para proyectos de calderas de biomasa con una potencia máxima de 70 KW, geotermia con una potencia máxima de 70 kW y solar fotovoltaica aislada con una potencia máxima de 100 kW, todos ellos para uso residencial y/o domestico a ejecutarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Al amparo de la Orden EIE/1940/2016, de 16 de noviembre y de la orden de convocatoria, y una vez concluida la fase de preevaluación, la Comisión Técnica de Valoración procedió a valorar las peticiones de ayuda de acuerdo con los criterios de valoración indicados en el apartado cuarto de la referida orden de convocatoria. Dichos criterios fueron desarrollados mediante un acta de la citada Comisión con fecha 19 de septiembre de 2017.

Con fecha 9 de octubre de 2017, la Comisión Técnica de Valoración emitió el correspondiente informe sobre el orden de prelación resultante de la valoración de las distintas actuaciones que podrían ser objeto de la concesión de subvención.

Tercero.- Con fecha 17 de octubre de 2017 y de conformidad con el mencionado informe del órgano de valoración, desde la Dirección General de Energía y Minas se ha formulado la propuesta de resolución sobre la concesión de las ayudas a particulares financiadas con fondos propios, habiéndose prescindido del trámite de audiencia por no figurar en el...

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